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El Supremo tumba definitivamente el recurso de Mas sobre la prohibición del 9-N

El Alto Tribunal recuerda a la Generalitat que la libertad ideológica, la libertad de expresión y el derecho a participar en asuntos políticos están reconocidos para las personas, no a los gobernantes

El presidente de la Generalitat, Artur Mas, durante la reunión del Consejo de Ejecutivos. / Mateos, Patricia (ACN)

El presidente de la Generalitat, Artur Mas, durante la reunión del Consejo de Ejecutivos.

Madrid

El Tribunal Supremo ha zanjado de forma fulminante el recurso de la Generalitat contra la impugnación de la consulta soberanista del pasado 9-N. El máximo órgano jurisdiccional en un auto del que ha sido ponente el magistrado Pablo Lucas, señala que el recurso fue presentado fuera de tiempo y fuera de lugar ya que la Sala de Lo Contencioso-Administrativo no es el sitio donde se dirimen este tipo de procesos.

Y no lo es porque cuando se presentan recursos sobre posibles violaciones de los derechos y de las libertades públicas el órgano que investiga es el Tribunal Constitucional. Es más, uno de los párrafos del auto concluye que ‘no ignora la Sala que la libertad ideológica la reconoce el artículo 16 de la Constitución, al igual que la libertad de expresión y el derecho a participar en asuntos políticos son reconocidos a la personas, no a los gobernantes. A estos les toca respetarlos y garantizarlos, pero no les transforma en titulares ni les autoriza para reclamar ante los tribunales su satisfacción.’

La Sala de Lo Contencioso también subraya que es patente la falta de jurisdicción sobre este asunto y que en todo caso es el Tribunal Constitucional al que se debería acudir porque se habla de libertades y derechos fundamentales.

Alfonso Ojea

Alfonso Ojea

Licenciado en CC Información por la Universidad Complutense. Responsable de la sección de Tribunales...

 
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