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Los hijos que maltratan psicológicamente a sus padres podrán ser desheredados

El Tribunal Supremo establece que el maltrato psicológico a los padres es motivo suficiente para desheredar a unos hijos que abandonaron a su padre enfermo

El Tribunal Supremo ha establecido que el maltrato psicológico a los padres será motivo jurídico suficiente para desheredar a los hijos. El alto tribunal sienta doctrina y establece que este maltrato psíquico es "del todo incompatible con los deberes elementales de respeto y consideración que se derivan de la relación jurídica de filiación".

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Los hijos que maltratan psicológicamente a los padres podrán ser desheredados. El Tribunal Supremo, en una sentencia en la que sienta doctrina, ha establecido que el maltrato psicológico a los padres será causa jurídica suficiente para desheredar a los hijos: se trata de un maltrato de obra, contenido en el artículo 853.2 del Código Civil, y por tanto es un motivo para desheredar.

Se trata de una sentencia en la que el Supremo sienta doctrina y confirma lo que dijo en su momento la Audiencia Provincial de Málaga en el caso de un padre que desheredó a sus hijos por varios motivos: "Al haber negado injustificadamente a su padre asistencia y cuidados, injuriarles gravemente de palabra" y también por "maltrato de obra". Según la sentencia, abandonaron a su padre enfermo durante sus últimos 7 años de vida, quedando al cuidado de su hermana, y sólo se interesaron por él cuando murió para reclamar la herencia.

El Tribunal Supremo destaca que los hijos incurrieron en "un maltrato psíquico y reiterado contra su padre, del todo incompatible con los deberes elementales de respeto y consideración que derivan de la relación jurídica de filiación", desarrollando una conducta "de menosprecio y abandono familiar que quedó evidenciada en los últimos siete años de vida del testador".

 
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