La ONU condena a España por negligencia en un asesinato machista
Da la razón a la madre de una niña asesinada por su padre en régimen de visitas
Ángela González Carreño ha encontrado por fin la justicia que los tribunales españoles le negaron durante once años. La ONU condena a España por la negligencia policial y judicial en su caso. Le obliga a indemnizar a la madre y a tomar medidas para que se tengan en cuenta los antecedentes de malos tratos en la concesión de custodias.
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Es la primera vez que un tribunal internacional condena a España por negligencia en materia de violencia de género. La ONU sentencia que no se protegió debidamente ni a Ángela ni a su hija Andrea, de siete años, que fue asesinada por su ex marido, un maltratador contra el que había presentado más de treinta denuncias. El padre mató a la pequeña Andrea durante un régimen de visitas sin vigilancia y después se suicidó.
Este caso fue denunciado hace dos años por la ONG Women's Link Worlwide ante el Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de todas Formas de Discriminación contra la Mujer. Y el dictamen del CEDAW es contundente. Considera que la negligencia de jueces y policías provocó la muerte de la pequeña Andrea a manos de su padre y condena al Estado español por no proteger a Ángela y a su hija, por no haber castigado al maltratador y por no haber indemnizado a la madre por los daños causados.
En su resolución, el CEDAW establece una serie de recomendaciones y obligaciones. En primer lugar obliga a España a reparar de manera adecuada y a indemnizar integralmente a Ángela González. En segundo ligar, le obliga a volver a investigar su caso para determinar los fallos que existieron en su caso y que causaron que su hija y también ella estuvieran desprotegidas.
Y muy importante, para evitar que se repitan crímenes similares, la ONU exige a España que tome medidas adecuadas y efectivas para que los jueces tengan en cuenta los antecedentes de violencia a la hora de conceder las custodias con el fin de garantizar la seguridad de la víctima y de sus hijos. También obliga a que los jueces, juezas y personal administrativo reciban formación obligatoria sobre estereotipos de género.
En su dictamen, el CEDAW reconoce la labor desarrollada por España en la lucha contra el maltrato con la Ley Integral contra la Violencia de Género, con medidas de concienciación, educación y capacitación. Sin embargo, identifica que persisten costumbres y prácticas por parte de jueces, fiscales, trabajadores sociales y otros agentes que constituyen una discriminación contra las mujeres y se traducen en estereotipos de género en el sistema judicial que llevan a que no se proteja de manera efectiva a las mujeres víctimas ni a sus hijos.
El Estal español tiene un plazo de seis meses para reportar al Comité mediante escrito las medidas que haya tomado en cumplimiento de esta resolución y debe difundir ampliamente la decisión con el fin de alcanzar a todos los sectores pertinentes de la sociedad.
El caso de Ángela es sobrecogedor. Empezó a sufrir malos tratos de su marido desde que se quedó embarazada de una niña. En 1999 huyo de su casa con su hija Andrea. Entonces tenía tres años. Denunció los malos tratos pero la separación no acabó con el infierno. Ella y la niña siguieron recibiendo amenazas y sufriendo agresiones.
Los tribunales permitieron las visitas sin vigilancia a pesar de las constantes advertencias de la madre por el peligro que suponía. De hecho la niña no quería verlo. El padre llegaba a interrogar a la pequeña sobre la vida sentimental de la madre y a amenazarla si no contestaba.
El asesinato fue en el 2003, el mismo día en el que habían tenido una vista para ver quién se quedaba con la casa en la que vivía el maltratador. Durante años Ángela recurrió a todos los tribunales españoles, que le dieron la espalda, y ahora la ONU le da la razón.
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