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Sociedad | Actualidad

Elpidio Silva vuelve al banquillo tras las elecciones europeas

La nueva fecha para retomar el juicio a Silva por prevaricación se conocerá en los próximos días cuando se forme la Sala.

El tribunal rechaza la abstención del presidente de la Sala, Arturo Beltrán, después de que renunciara cuando la Sala de lo Civil y Penal aceptaa la recusación contra María Tardón por haber sido exconsejera en Caja Madrid.

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No hay más tregua para el juez del 'caso Blesa'. Elpidio José Silva volverá a sentarse en el banquillo por prevaricación, retardo malicioso y dos delitos contra la libertad individual al haber mandado a prisión en dos ocasiones al expresidente de Caja Madrid. Tan sólo horas después de las elecciones europeas, a las que Silva se presentaba como candidato sin que haya conseguido escaño en el europarlamento, el tribunal Superior de Justicia de Madrid ha comunicado la decisión de rechazar la abstención del presidente de la sala que juzga a Silva, después de que Arturo Beltrán pidiera apartarse de la causa tras aceptar la recusación contra la jueza María Tardón por ser miembro de la Asamblea General de caja Madrid entre 1999 y 2005 para "preservar la imagen de la justicia".

Está previsto que la Sala se forme esta misma semana -principios de la siguiente- donde se decidará la fecha de la nueva vista. Si la Sala decide repetir el juicio -y no retomarlo donde lo dejó- Silva podrá elegir un nuevo abogado, ya que Cándido Conde Pumpido rechazó representarle en un rifirrafe con el presidente de la Sala que se negó a que Silva cambiara de abogado por considerarlo "fraude de ley" responder a una estrategia de dilación procesal para evitar celebrar el juicio.

El Tribunal Superior de Justicia de madrid mantiene a Beltrán en el tribunal ya que "no existen dudas o sospechas objetivamente justificadas". Beltrán no quería continuar en la Sala porque implicaba que tenía conocimiento de la causa e implicaba "un gravísimo riesgo de formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad" si seguía presidiendo el tribunal. Según el TSJM, la formación de criterio sólamente tiene lugar cuando el mismo ha deliberado y decidido a la vista del contenidop del plenario, es decir, del conjunto de la prueba practicada y las alegaciones de las partes".

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