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El honor de Franco pierde el juicio contra el arte contemporáneo

Un juzgado de Madrid desestima la demanda que la Fundación Francisco Franco interpuso contra el artista Eugenio Merino por convertir la cabeza del dictador en un "punching-ball"

'Punching Franco' de Eugenio Merino.(EFE)

'Punching Franco' de Eugenio Merino.

Un juzgado de Madrid ha archivado la demanda por honor que la Fundación Francisco Franco interpuso contra el artista Eugenio Merino por su obra "punching-Franco", en la que representaba la cabeza del dictador como un saco de boxeo. La jueza cree que la libertad artística del creador está por encima del derecho al honor de Franco, recordando además que "no pretende representar unos hechos reales sino que se trata de una composición extravagante y caricaturesca que no excede los usos sociales propios de nuestra realidad cultural".

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El honor de Franco tiene menos valor jurídico que la libertad artística. Un juzgado de Madrid ha desestimado la demanda que la Fundación Francisco Franco interpuso contra el artista Eugenio Merino, denunciado por haber representado la cara de Franco en un saco de boxeo bajo el título "punching-Franco". Para la jueza que firma la sentencia, esta obra "no menoscaba el honor" del dictador, recordando que las obras artísticas "no se identifican con la realidad empírica, sino que crean una nueva realidad".

La justicia absuelve por tanto, por segunda vez, al artista Eugenio Merino de tener que indemnizar a esta fundación franquista por haber utilizado la figura del dictador en sus obras. Hace especial hincapié la sentencia en la diferencia entre lo que representa una obra artística y la realidad: "Como en toda actividad creativa, que por definición es prolongación del autor y en la que se entremezclan impresiones y experiencias del mismo, la creación artística da nacimiento a una nueva realidad que no se identifica con la realidad empírica", por lo que, según razona, no se puede aplicar los mismos criterios jurídicos a una obra de arte que por ejemplo a la información. "Además, hay que tener en cuenta que la creación artística tiene una proyección externa derivada de la voluntad de su autor, que crea para comunicarse, y de ahí que su protección no se limite a la obra, sino también a su difusión".

Es decir, que el honor de Franco tiene menos valor jurídico que la libertad artística. Concluye que, por tanto, "desde un punto de vista objetivo la obra no puede estimarse que desmerezca la consideración o el honor de esta fundación, ya que no pretende representar unos hechos reales sino que se trata de una composición extravagante y caricaturesca que, aunque pueda herir la sensibilidad del demandante, no excede los usos sociales propios de nuestra realidad cultural". La sentencia también tiene en cuenta que la obra fue exhibida en unas jornadas convocadas por la Plataforma de Artistas Antifascistas y que "resulta difícil pensar que el demandado pretendiera menoscabar el honor de la fundación, sino mostrar su apoyo a la ideología y convicciones que allí se representaban".

Precisamente el acto de juicio oral, celebrado en Plaza de Castilla, se convirtió en un auténtico debate sobre el arte contemporáneo, el alcance infinito de la obra y la porción que cada artista dejaba de sí mismo en sus creaciones. Se trata del segundo juicio que Eugenio Merino le gana a la Fundación Francisco Franco: la primera vez fue después de exhibir en ARCO su obra "Forever Franco" en la que representó el cuerpo del dictador dentro de una nevera de refrescos.

 
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