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La propuesta del Poder Judicial tacha de inconstitucional la ley de seguridad ciudadana

Los ponentes reparten a los vocales el borrador de su informe que no se debatirá en el pleno que el órgano de gobierno de los jueces celebra esta semana

Los vocales Wenceslao Olea y María Victoria Cinto ya han concluido su informe sobre el anteproyecto de ley de seguridad ciudadana. El documento de 110 páginas tacha de inconstitucional el núcleo central del texto legal y llega a pedir la supresión de algunos artículos. Este borrador ya está en manos de los vocales del órgano de gobierno de los jueces para que aporten las sugerencias que consideren oportunas

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El Poder Judicial ya trabaja con el borrador del informe sobre el anteproyecto de la ley de seguridad ciudadana. El texto que firman los vocales Wenceslao Olea y María Victoria Cinto ya está en manos de sus compañeros para que aporten las mejoras y sugerencias que consideren oportunas antes de elevar el informe definitivo al pleno del órgano de gobierno de los jueces del próximo mes de marzo.

El documento considera que los motivos por los que el proyecto de ley habilita la intervención policial "resultan excesivamente amplios, entrando en conflicto con el principio de proporcionalidad" con lo que "se recomienda su modificación para adecuarlo a los límites constitucionales del principio de seguridad ciudadana".

La identificación de sospechosos, los cacheos y la posibilidad de que las empresas privadas de seguridad colaboren con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado también son objeto de una gruesa crítica jurídica en este borrador. Los ponentes consideran necesario que los agentes informen de los motivos que les llevan a requerir la identificación de cualquier ciudadano y subrayan que "no se respetan el canon de proporcionalidad ni la jurisprudencia del Tribunal Constitucional" en esta materia que es "de dudosa constitucionalidad".

La regulación para proceder al traslado de una persona que no se ha identificado es "ambigua" y la regulación del cacheo es "defectuosa" porque no establece las condiciones en las que puede producirse ni salvaguarda la jurisprudencia del Tribunal Constitucional. El documento también rechaza que las empresas de seguridad colaboren con los agentes de la autoridad para disolver manifestaciones y reuniones y "recomienda la supresión de ese artículo". Los términos en los que está redactado el deber de denuncia por parte de una autoridad o funcionario público ante meras sospechas, dice también el informe, son "excesivamente amplios".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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