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El Supremo avala la intervención de Caja Castilla-La Mancha por el Banco de España

Los jueces avalan la decisión del Banco de España de sustituir provisionalmente al Consejo de Administración de la Caja en 2009

El Tribunal Supremo ha confirmado la validez de la decisión que tomó el Banco de España de sustituir a todo el órgano de administración de Caja Castilla-La Mancha en marzo de 2009, en el marco de la intervención económica de la entidad por parte del ejecutivo "para garantizar su futuro". Los jueces confirman la sentencia de la Audiencia Nacional que también avaló esta decisión, que incluyó la sustitución del ahora expresidente de la Caja, Juan Pedro Hernández Moltó, uno de los recurrentes.

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El Tribunal Supremo ha dado su aval a la parte más importante de la intervención de Caja Castilla-La Mancha en 2009 por parte del Banco de España: la sustitución provisional de su órgano de administración. Los jueces de alto tribunal consideran que la sentencia de la Audiencia Nacional que dio por buena esta decisión fue razonable y estuvo bien fundamentada, rechazando el recurso interpuesto, entre otros, por el expresidente de la entidad Juan Pedro Hernández Moltó.

En marzo de 2009 el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero y el Banco de España tomaban la decisión de intervenir Caja Castilla-La Mancha, con el objetivo de "buscar soluciones que garanticen su futuro". Fue la primera intervención de una gran entidad financiera desde la practicada en Banesto en 1993. En el marco de esa operación, todo el organismo administrativo de la caja fue sustituido, con el entonces presidente Juan Pedro Hernández Moltó a la cabeza.

Una decisión que ahora confirma la sala de lo Contencioso-Administrativo, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado José Manuel Bandrés. Para los jueces, la decisión del Banco de España de sustituir a los administradores está basada en la valoración de un informe del BE y una auditoría de la entidad que "reflejan la comprometida situación de la Caja que justifica la medida de suspensión provisional del órgano de administración para corregir su deficiente gobernanza corporativa, y proceder a su saneamiento".

Era necesario sustituir al Consejo de Administración por "su pasividad"

Según figura en la sentencia, adelantada por El Economista, "ha quedado plenamente acreditado que en el momento en que se adoptó la medida la situación de la entidad era de socavamiento grave de los ratios de solvencia y recursos propios y liquidez, y era necesario sustituir el órgano de administración ya que el Consejo mostró cierta pasividad en el desempeño de sus funciones corporativas".

 
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