Condena al Estado por devolver a un hombre el arma con la que mató a su mujer
La Subdelegación del Gobierno devolvió el arma al uxoricida a pesar de que ya había sido condenado por amenazar de muerte a su esposa. La Audiencia Nacional concluye que la Administración no comprobó suficientemente los antecedentes del individuo.
La Audiencia considera que existió una "deficiente actuación administrativa" y obliga al Estado a pagar 25.000 euros a una hija de la fallecida.
La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha condenado al Estado por su "defectuoso funcionamiento" al devolverle a un hombre, con antecedentes penales por amenazas de muerte a su esposa, la licencia y el arma con la que finalmente acabaría matándola.
Los hechos que han dado lugar a este procedimiento se remontan a diciembre de 2003, cuando la mujer denunció por malos tratos psicológicos a su esposo en un juzgado de Córdoba, lo que dio lugar a una condena por falta de amenazas.
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En abril del año siguiente volvió a denunciarle por amenazas, por lo que el juzgado intervino las dos escopetas de caza que tenía el hombre. En ese juicio, el marido resultó absuelto y fue ordenada la devolución de las armas. Pero no llegó a hacerse efectiva porque al mismo tiempo la Subdelegación del Gobierno en Granada estaba tramitando un expediente de revocación de su licencia de armas de fuego.
En noviembre de 2004, la Subdelegación en Granada decidió no retirarle la licencia basándose en un informe de la Guardia Civil en aquella provincia, que no tuvo en cuenta la condena por amenazas de Córdoba. El informe clave de la Benemérita concluía que "con la prudencia debida y a la vista de la documentación y las alegaciones aportadas, no se cree que la tenencia de armas por parte del reseñado represente riesgo para personas o a terceros".
Poco más de un año después, el primero de enero de 2006, el uxoricida mató a su mujer con una de esas escopetas, por lo que fue condenado por la Audiencia Provincial de Córdoba a más de 20 años de cárcel.
La Audiencia Nacional atiende el recurso de la hija de la fallecida y lamenta que para valorar la conducta del asesino y devolverle las armas "únicamente se pidió informe a la fuerza policial donde residía el marido, cuando lo lógico hubiera sido pedirlo a las fuerzas policiales donde vivía la esposa - ya se encontraban separados- lo que hubiera puesto de manifiesto la existencia de una condena por faltas de amenazas de muerte".