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El Tribunal Supremo analiza el alcance de la sentencia de Estrasburgo

El pleno de la sala de lo penal estudiará las distintas opciones para aplicar la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos

La sala de lo penal del Tribunal Supremo se reúne este martes en sesión plenaria para analizar el alcance y los efectos de la sentencia de Estrasburgo que ordenó la excarcelación de la etarra Inés del Río, a quien se aplicó de forma indebida la doctrina Parot. El pleno lo convocó el presidente de la sala, Juan Saavedra, a instancias de algunos magistrados a finales del mes de octubre pero la dificultad de cuadrar las agendas lo ha retrasado. Los magistrados tienen sobre la mesa tres opciones para aplicar la decisión europea que impide aplicar la doctrina Parot con efectos retroactivos.

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El pleno de la sala de lo penal del Tribunal Supremo se reúne para analizar el alcance y los efectos de la sentencia de Estrasburgo que anuló la aplicación de la doctrina Parot con efectos retroactivos y ordenó la inmediata excarcelación de la etarra Inés del Río.

Según fuentes del alto tribunal consultadas por la Cadena SER, en principio son tres las corrientes que se van a debatir en este pleno no jurisdiccional, es decir, que no va a analizar ningún recurso concreto. La primera de ellas es dejar las cosas como están a la espera de que se sustancien los recursos que fuercen a los magistrados a pronunciarse. De esta forma se analizaría caso por caso si procede o no extrapolar la sentencia de Inés del Río a otros casos. La segunda es la tesis que maneja el fiscal y que afectaría tan solo a un máximo de cuatro casos. Fijar como comienzo de la aplicación de la doctrina Parot la fecha de la sentencia del Tribunal Supremo que la estableció.

La última opción, la más polémica, es la de exigir un recurso de revisión ante el Tribunal Supremo al considerar que la sentencia europea es un hecho nuevo. El problema de esta opción es que el recurso de revisión solo cabe en nuestro ordenamiento jurídico para dirigirse contra sentencias firmes.

Otra duda es si la decisión de Estrasburgo puede considerarse un hecho nuevo. Y hay precedentes al respecto. La sala de lo militar del Tribunal Supremo rechazó los recursos de revisión que se interpusieron con motivo de la entrada en vigor de la ley de memoria histórica. No se pudo revisar ningún proceso porque la mayoría de la sala entendió que la ley de memoria histórica no era un hecho nuevo que justificara la interposición de este recurso.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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