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El Constitucional rechaza otro recurso de un preso de ETA contra la 'doctrina Parot'

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso de Juan María Gabirondo Agote, uno de los presos etarras que recurrió la aplicación de la "doctrina Parot" que alargó su estancia en prisión hasta 2016, ya que el recurrente no cumplió la obligación de recurrir antes al Tribunal Supremo (TS).

En una sentencia hecha pública este miércoles, el Constitucional inadmite la petición del demandante, recordando que no ha agotado la vía judicial previa al Constitucional, ya que no ha hecho uso del recurso de casación ante el Supremo, como prevé la Ley de Enjuiciamiento Criminal para las resoluciones relativas a la acumulación de condenas impuestas en distintos procesos.

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Juan María Gabirondo Agote fue condenado por la Audiencia Nacional en tres causas penales a diversas penas de prisión, una de ellas por el secuestro del industrial Lucio Aguinagalde y la muerte de un jefe de la Ertzaintza Genaro García Andoain en el tiroteo ocurrido durante su liberación en 1986.

El pasado mes de agosto, la sala de vacaciones del Tribunal Constitucional (TC) rechazó revisar la situación de 16 presos de ETA que en julio habían solicitado al TC que revisara su situación después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) amparara a la etarra Inés del Río por considerar irregular la aplicación de la 'doctrina Parot'.

¿Qué es la 'doctrina Parot'?

La doctrina, que toma su nombre del etarra Henry Parot, establece que las redenciones de pena deben aplicarse no al tiempo máximo de cumplimiento efectivo, sino a cada una de las condenas individualmente, lo que en la práctica supone un alargamiento de su estancia en la cárcel.

El Constitucional argumentó que la resolución del TEDH no era definitiva porque cabía recurso contra ella, que ha presentado España.

Precisamente este miércoles el Tribunal Europeo de Derechos Humano celebró la audiencia única sobre la 'doctrina Parot', en la que los jueces de su Gran Sala escucharon a las partes antes de dictar sentencia.

Los 17 magistrados de la Gran Sala del Tribunal reexaminaron la sentencia dictada en 2012 contra España por la forma de aplicación de beneficios penitenciarios en relación con la miembro de ETA Inés del Río Prada y que el Gobierno español pidió revisar.

 
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