El Supremo niega que 'Interviú' deba indemnizar al expresidente de la AVT
Francisco José Alcaraz denunció a la publicación por el contenido de un reportaje de 2007 en el que se denunciaba una supuesta "oscuridad en el manejo de fondos" de la Asociación
El Tribunal Supremo ha absuelto a la revista 'Interviú' de tener que indemnizar al expresidente de la Asociación de Víctimas del Terrorismo Francisco José Alcaraz Martos con motivo del reportaje 'El cortijo de Alcaraz' publicado en 2007, en el que se denunciaba "oscuridad en el manejo de los fondos" de la Asociación. El expresidente de la AVT denunció a la publicación, y el Supremo señala que la información publicada "se basó en datos veraces".
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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha absuelto a la revista 'Interviú' de tener que indemnizar al expresidente de la Asociación de Víctimas del Terrorismo, Francisco José Alcaraz, con motivo de un repotaje, 'El cortijo de Alcaraz', publicado en marzo de 2007 y en el que se denunciaba una supuesta "oscuridad en el manejo de los fondos" y supuestos cobros irregulares por parte del expresidente de la Asociación. El Tribunal Supremo considera que la información vertida en el reportaje fue "veraz en lo esencial", que "el informador actuó con la diligencia exigible y suficiente" y que la libertad de información del reportaje "debe prevalecer sobre el honor de los demandantes dado su interés público".
En el reportaje 'El cortijo de Alcaraz', publicado en marzo de 2007, se denunciaba un "oscurantismo" en el control de las cuentas y gestión de la Asociación de Víctimas del Terrorismo por parte de su presidente, Francisco José Alcaraz, con alusiones al desconocimiento por parte de los socios del estado de las cuentas de la asociación, "la colocación de su mujer como jefa de abogados sin tener título", información relativa a los ceses de la plantilla o el cobro de 1.800 euros por dar una conferencia. Este último extremo fue probado como inexacto y rectificado posteriormente en la edición digital.
La Audiencia Provincial de Jaén condenó a la publicación a indemnizar con 12.000 euros tanto a Alcaraz como a su mujer, por una intromisión ilegítima al derecho al honor de los demandantes. Es ahora la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo quien, en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Juan Antonio Xiol y con el visto bueno del Ministerio Fiscal, absuelve a la revista de tener que pagar la indemnización y señala que "el informador actuó con diligencia suficiente par contrastar la noticia y llevó una búsqueda e investigación diligente sobre la misma" y también que "el reportaje aporta una gran cantidad de datos y documentos cuya realidad ha sido declarada probada". Considera como "cierta y probada" la información relativa a la "oscuridad en el manejo de los fondos" de la Asociación, sobre la situación profesional de la esposa de Alcaraz dentro de la misma y los ceses de la plantilla. Con respecto al supuesto cobro de 1.800 euros por parte del expresidente, confirma también la inexactitud del dato pero señalando que "no es elemental dentro del reportaje", ya que, según dicta la Sala de lo Civil, "la información se centraba en la existencia de un clima de crítica hacia la gestión del presidente de la AVT".