La Audiencia de Palma ordena indemnizar con 235.000 euros a una madre por un aborto fallido
La sentencia dice que "la posibilidad de interrumpir el embarazo no fue por mero capricho, comodidad o conveniencia"
La Audiencia de Palma ha estimado parcialmente los recursos de un centro privado de Palma y de un médico que no practicaron el aborto correctamente a una joven que tuvo que tener el bebé que no deseaba. El juez fijó una indemnización solidaria de 420.000 euros para que el hospital y el médico mantuvieran al niño hasta los 25 años. La Audiencia rebaja esta cifra hasta los 235.000 euros.
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Tamara se quedó embarazada y acudió a abortar sin contárselo a sus padres pero las cosas no salieron como a ella le hubiera gustado. Tres meses después regresó y seguía embarazada pero ya la ley le impedía interrumpir el embarazo. El juzgado de primera instancia estimó su demanda y obligó a la clínica y al médico a indemnizar solidariamente a la joven con 420.000 euros, o lo que es lo mismo, a mantener al hijo que no deseaba hasta los 25 años. Ahora la Audiencia estima parcialmente los recursos del centro médico y del facultativo y rebaja esa cifra hasta los 235.000 euros, en concepto de daño moral y de gastos asistenciales.
Sobre los daños morales, dice la sala, la madre sufrió "angustia, ansiedad, impacto psicológico, inquietud, trastornos emocionales, readaptación de actividades, de la dinámica familiar y de horarios" Además de "problemas con sus padres -a los que ocultó el embarazo y el aborto fallido- y ha visto alteradas su estructura familiar, su autonomía personal y se la ha privado de un derecho, menoscabando una de sus atribuciones incluidas en el fuero personal".
Los gastos asistenciales, mínimos y necesarios, que serán inembargables, dicen los magistrados, "vienen integrados por alimentos, vestido, estudios, seguro médico, y dedicación familiar".
Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...