El Supremo confirma la condena de dos agentes de la Guardia Urbana de Barcelona por torturas
Golpearon y quemaron con cigarros en comisaría a un joven con el que se habían peleado en una discoteca
El Tribunal Supremo ha confirmado sendas penas de cárcel para dos agentes de la Guardia Urbana de Barcelona por haber torturado a un joven, hijo del cónsul de Trinidad y Tobago, tras una pelea en una discoteca. Una vez trasladado a comisaría, los condenados le golpearon repetidas veces, le quemaron con un cigarro y le restregaron una fregona por la cara.
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El Tribunal Supremo ha confirmado las penas de dos años y tres meses de cárcel para dos miembros de la Guardia Urbana de Barcelona por torturar a un joven en septiembre de 2006. Después de mantener una pelea con él en una discoteca los agentes le llevaron a comisaría, donde le golpearon repetidas veces, le apagaron un cigarro en el hombro y le restregaron una fregona por la cara.
La pelea comenzó en una famosa discoteca del centro de Barcelona, donde cuatro agentes de la Guardia Urbana de la ciudad se encontraban de servicio. Un joven golpeó a uno de ellos con un vaso en la cara porque uno de los agentes había "molestado" a una amiga suya.
Los guardias redujeron al joven y le trasladaron a comisaría en un furgón policial. Una vez en dependencias policiales de la Zona Franca, los dos condenados, junto con otros dos agentes "no identificados" comenzaron a propinar puñetazos y patadas al joven, además de apagarle un cigarro en un hombro y restregarle una fregona por el rostro. Durante la agresión, el joven firmó un escrito en el que se le atribuían delitos de lesiones, de atentado contra agentes de la autoridad y la salud pública.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirma ahora las penas de dos años y tres meses de cárcel que la Audiencia Provincial de Barcelona impuso a estos dos agentes de la Guardia Urbana por varios delitos de torturas graves y lesiones. Declara probado en su sentencia que los condenados actuaron por motivos ajenos a su condición policial, por la "absoluta falta de acreditación de acto alguno que justifique el comportamiento agresivo hacia una persona ya privada de libertad y controlada en dependencias policiales".
El joven tendrá que indemnizar a dos de los guardias
En su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Luciano Varela, el alto tribunal anula la cantidad con la que el joven tendrá que indemnizar a uno de los agentes. Mantiene intacta la cantidad de 2.460 euros con los que el joven tendrá que indemnizar al agente al que estampó un vaso en la cara al comienzo de la pelea en la discoteca.