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La Fiscalía no ve delito de asociación ilícita en el caso de los bebés robados

El Fiscal General del Estado ultima una circular de obligado cumplimiento a todos los fiscales para que de una respuesta uniforme a los casos denunciados en toda España

La disparidad de criterios de los tribunales españoles en torno al millar de sumarios abiertos por los bebés robados durante el franquismo ha obligado a la Fiscalía a tomar cartas en el asunto. La Fiscalía General del Estado ultima una circular que va a enviar a todas las fiscalías superiores para fijar una postura común. Según fuentes fiscales consultadas por la Cadena SER, el Ministerio Público no aprecia que se pueda atribuir a los responsables un delito de asociación ilícita y tiene dudas de cuando fijar la prescripción del delito.

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El Fiscal General del Estado, Eduardo Torres Dulce, quiere que el Ministerio Público tenga unidad de criterio en el caso de los bebés robados. Una causa que mantiene un millar sumarios abiertos en España. La Fiscalía ultima una circular en la que sostiene que no aprecia que el régimen franquista cometiera un delito de asociación ilícita porque, según fuentes consultadas por esta emisora, aunque se estudiara caso por caso, todo apunta a que se trataba de "una práctica social extendida en las maternidades durante una época pero no hay un patrón claro, idéntico en cada caso". Estas fuentes añaden que "aunque haya un evidente acuerdo voluntario entre médico y enfermera para el robo de los bebés, faltan requisitos para hablar de asociación ilícita, ya que no hay una estructura criminal previa, no hay permanencia en el tiempo y tampoco una estructura jerárquica".

La postura del Ministerio Público pasa por considerar los hechos como constitutivos de un delito de detención ilegal. Eso sí, la fiscalía aún no tiene claro cuando empieza a computar el plazo de prescripción. Hay dos teorías sobre la mesa. La primera, contar los 20 años desde que nace el bebé y es arrancado de los brazos de su madre. La segunda, 20 años desde que él o ella conocen que son bebés robados.

Hasta ahora el debate se ha traducido en interpretaciones judiciales opuestas. Es el caso de la Audiencia Provincial de Huelva y la de Madrid. En el caso de Huelva, el tribunal entendía que no existía detención ilegal en la entrega de bebés a otras familias, aunque si delito contra el estado civil y falsedad documental. Sin embargo, si no hay detención ilegal el resto de delitos estarían más que prescritos. En el caso de Madrid, la Audiencia Provincial se pronunció el pasado septiembre a favor de la detención ilegal en estos casos, un delito permanente y por tanto sujeto a la instrucción judicial.

Dificultad en la identificación.

La circular de Torres Dulce incluye además una descripción de las dificultades con las que se encuentran los investigadores en cada caso y que ya han sido analizadas por la secretaria técnica del Fiscal General del Estado.

En Madrid, donde existe un número importante de denuncias y diligencias abiertas, las investigaciones han topado con una seria dificultad que impide la línea de actuación seguida en otros territorios, puesto que no son posibles las exhumaciones, ya que en los años 80-90, como consecuencia de la política de reordenación de los servicios funerarios y del sistema de enterramientos de la capital, se produjo una remodelación del cementerio que supuso la destrucción (por incineración) de la práctica totalidad de restos cadavéricos de neonatos hasta esas fechas, y en todo caso la implantación de un régimen de gestión de los enterramientos que supone el traslado al osario común de todos los restos de esta naturaleza con más de diez años, dándose la circunstancia de que la mayor parte de las denuncias se refieren a hechos anteriores a 1990.

 
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