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Estrasburgo multa al Reino Unido por su sistema de sentencias indefinidas

Tendrá que indemnizar a tres presos por obstaculizar su acceso a cursos de rehabilitación

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dado la razón a tres presos británicos a los que el sistema de condenas indefinidas del Reino Unido impidió acceder a los cursos de rehabilitación. El Gobierno tendrá que indemnizar a los demandantes con cantidades entre 3.000 y 8.000 euros. Se trata de un sistema similar al de la prisión permanente revisable que anunció el Ministro Alberto Ruiz-Gallardón.

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El sistema de condenas indefinidas del Reino Unido ha sido un asunto polémico desde su implantación en el sistema judicial británico el pasado año 2005. Las Sentencias Indefinidas para la Protección Pública - IPP en sus siglas en inglés - permiten a la justicia británica sentenciar a criminales con alto riesgo de reincidencia a condenas de cárcel de duración indeterminada, con una "tarifa" mínima de años que cumplir en prisión. El objetivo de esta medida, que entró en vigor hace siete años en virtud del denominado 'Act 2003', era evitar que aquellos criminales con cargos por violencia o crímenes sexuales pudieran reincidir.

Se trata de una medida polémica desde su nacimiento. En los primeros dos años de su implantación, la justicia británica se vio sobrepasada por la gran cantidad de criminales condenados a prisión indeterminada por esta doctrina, y por tanto el aumento de asuntos que los jueces del Reino Unido tenían que tratar. La propia Cámara de los Lores criticó el sistema, denunciando que numerosos presos continuaban en prisión sin que su condena fuera revisada en ningún momento por no existir información actualizada de su progreso penitenciario. Una circunstancia que achacaron a "defectos estructurales del sistema, falto de recursos" para este nuevo escenario. La obligatoriedad de imponer estas sentencias indeterminadas revisables a todos los criminales con riesgo de reincidencia fue matizada en el año 2008, y sólo se puede aplicar a aquellos condenados con más de dos años de cárcel.

Se trata, una vez reconducido, de un sistema similar al de la prisión permanente revisable que anunció recientemente el Ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón en su proyecto de reforma. Una serie de condenas, según explicó el titular de la cartera de justicia, "revisables después de un periodo de tiempo definido y teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos de reinserción".

Es ahora el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo quien lanza un nuevo dardo a esta doctrina, dando la razón a tres presos británicos que, una vez cumplidas sus respectivas 'tarifas' mínimas, no vieron revisadas sus condenas. Durante su estancia en la cárcel, realizaron varios cursos de rehabilitación requeridos para su salida de prisión, pero al no revisar las autoridades su situación penal no pudieron acceder al resto de cursos que se les requería. Señala el TEDH que los demandantes "no tuvieron una opción realista de reducir su riesgo de reincidencia mediante la rehabilitación", y que el gobierno británico incurrió en un quebrantamiento de los artículos 1 y 5 de la Convención Europea de Derechos Humanos, relativos a la libertad y seguridad. Señala igualmente que "es significativo que el Secretario de Estado no anticipara la avalancha de demandas de vías de rehabilitación tras implementar las condenas indeterminadas".

El Tribunal condena así al Reino Unido a indemnizar económicamente a los tres demandantes, en cantidades que van desde los 3.000 a los 8.000 euros.

 
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