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El Gobierno rebajará los impuestos a los que vendan casas hasta final de año

El Ejecutivo establece una exención del 50% de los beneficios obtenidos por venta de casas realizadas entre el 11 de mayo y el 31 de diciembre. Además, aprobará una ley para impulsar el alquiler que da más poder a los caseros.

El Consejo de Ministros ha aprobado dos paquetes de medidas para impulsar el mercado de la vivienda en España: una para estimular la venta de casas, y otra para dar más juego al alquiler. En el primer caso, será una exención de tributación por la mitad de los beneficios obtenidos por la venta de viviendas, para las operaciones hechas desde hoy hasta final de año. En cuanto al alquiler, una futura ley simplificará las regulaciones, sobre todo las que pesan sobre los propietarios.

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La intención del gobierno con ambas medidas, en palabras de la ministra de Fomento, es "dinamizar el mercado", "traer al mercado mayor número de viviendas, que ahora están vacías", y "facilitar el acceso a la vivienda a jóvenes y a familias con niveles de renta bajos, además de permitir mayor movilidad a los trabajadores", decía Ana Pastor en la rueda de prensa que sigue al Consejo de Ministros.

En cuanto a la venta de vivienda, la ministra ha anunciado menos impuestos para los que vendan casas de aquí a final de año. En concreto, Pastor ha dicho que habrá "una exención del 50% de las rentas derivadas de la transmisión de inmuebles urbanos que sean adquiridos entre el 11 de mayo y el 31 de diciembre, siempre que no exista vinculación entre las partes". Esa exención sobre los beneficios de la venta será aplicable "en el IRPF, en el Impuesto de la Renta de los no Residentes y en el Impuesto de Sociedades".

Reforma de las normas sobre alquiler

En cuanto al mercado del alquiler, el Gobierno admite que está mucho menos desarrollado en España que en el resto de Europa, y su propósito es impulsarlo. Para ello anuncian una futura norma, que tardará "meses" en entrar en vigor, que cambiará muchas cosas, sobre todo en el sentido de eliminar regulaciones ahora existente. En especial, de acuerdo con el relato de medidas que ha hecho la ministra, se quitarán trabas a los caseros.

Así, se simplificará y agilizará el procedimiento de desahucio de inquilinos morosos, dando a los juzgados el doble de capacidad de actuación al exigir que sólo un funcionario judicial, y no dos, constaten los impagos. Además, se fijará un plazo de 10 días para que los inquilinos morosos salden las deudas pendientes.

Quizá una de las medidas más llamativas sea la rebaja en el número de años en los que el casero está obligado a renovar el alquiler de su inquilino. Ahora la prórroga forzosa se extiende por cinco años, y la tácita por tres; cuando entre en vigor la reforma, la pórroga forzosa será de 3 años y la tácita de 1. Es decir, un casero podrá recuperar su vivienda mucho antes.

También se desvinculará la actualización de las rentas de la subida del IPC: las dos partes, casero e inquilino, negociarán cada año qué pasa con el alquiler, si sube, se mantiene o baja. Además, el casero podrá recuperar la vivienda si es para vivir él o un familiar cercano aunque esta posibilidad no figure en el contrato de alquiler.

En favor del inquilino, se dispone que pueda desistir del contrato, es decir, abandonar su vivienda, simplemente anunciándolo con un mes de antelación, frente a la situación actual, en la que el inquilino tiene que comunicarlo con dos meses de antelación (en los contratos de más de cinco años) o pagando la indemnización (en los de menos de cinco años). Eso sí, se abre la puerta a que en el contrato se fije también una indemnización en caso de desistimiento.

 
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