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La Audiencia Nacional absuelve por falta de pruebas a nueve supuestos yihadistas acusados de querer atentar en Ceuta

Fueron detenidos en diciembre de 2006 en el marco de la Operación Duna, llevada a cabo por el exmagistrado de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón

Los nueve supuestos yihadistas estaban acusados de querer atentar en Ceuta. Fueron detenidos en diciembre de 2006 en el marco de la 'operación Duna', llevada a cabo por el exmagistrado de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, pero este miércoles la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional les ha absuelto de pertenencia o colaboración con organización terrorista a pesar de considerar probado que disponían de abundante material de exaltación de la Yihad.

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La Fiscalía pedía para los acusados entre 8 y 13 años de cárcel por pertenecer a la organización terrorista Al Qaeda y sostenía que pretendían atentar en la ciudad autónoma. De hecho, la Policía les incautó numerosa documentación que apuntaba como posibles blancos a iglesias, el puerto y el ferry ceutí. Según el fiscal, los sospechosos hablaban en sus reuniones de ir a combatir a Irak o Afganistán, e incluso de repetir en Ceuta y Melilla los atentados del 11-M en Madrid con explosivos que planeaban robar del acuartelamiento de 'El Hacho'.

Disponían de abundante material de exaltación de la Yihad

Sin embargo, la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional les absuelve de pertenencia o colaboración con organización terrorista a pesar de considerar probado que disponían de abundante material de exaltación de la Yihad. En su sentencia, los magistrados concluyen que esto es "insuficiente" para condenarles porque "la acción terrorista es algo más que la expresión de ideas radicales, pues la libertad de expresión y difusión de ideas es una característica del sistema democrático que debe amparar incluso a quienes propugnan un cambio".

En este sentido, la sentencia dice que "no ha quedado acreditado" que hubieran decidido "pasar a la acción".

La Sala también invalida el testimonio de los dos testigos protegidos presentados por la Fiscalía, que era la segunda prueba de cargo fundamental de la acusación. Del primer testigo la sentencia dice que su declaración no puede ser valorada porque "no consta" que fuera advertido de no tenía por qué declarar contra uno de los acusados, habida cuenta de los lazos familiares que mantenían. Además, durante el juicio "se desdijo" de su primera declaración. Respecto al segundo testigo protegido, "no pudo ser hallado" por la Policía para que declarase durante el juicio celebrado el pasado mes de marzo, con lo que la acusación tuvo que conformarse con la declaración inicial que se realizó "sin asistencia del letrado" de los acusados y que fue descalificada por otros testigos en sede judicial.

Los nueve acusados quedan absueltos de un supuesto delito de pertenencia a organización terrorista, aunque la Audiencia condena a Mustafa Abderrahaman Ahmed a tres años y medio de cárcel por robo con intimidación en grado de tentativa con el agravante de disfraz, y a Abdelkrim Chaib Abdelaziz a dos años de prisión por un delito de falsedad continuada en documento oficial.

 
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