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El Tribunal Supremo deniega el asilo a un iraní homosexual

La sala de lo contencioso-administrativo considera que no ha conseguido demostrar que fuera perseguido en su país por su orientación sexual

El Tribunal Supremo ha confirmado la decisión del Ministerio del Interior que no concedió el asilo a un ciudadano iraní que aseguraba que había sido perseguido en su país por su condición de homosexual. La sala de lo contencioso-administrativo sostiene que no se aprecian temores fundados de persecución por las contradicciones de sus declaraciones.

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado conceder el asilo en nuestro país a un ciudadano iraní que denunció haber sufrido persecuciones en Irán por su condición de homosexual. Los magistrados confirman la decisión del Ministerio del Interior.

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Dice la sentencia que la versión del solicitante de asilo no es creíble porque incurrió en numerosas contradicciones. Añade que no se le puede conceder la condición de refugiado porque "no se aprecia la existencia de temores fundados de persecución, ya que no ha aportado indicios del hostigamiento que dice padecer".

La sala recuerda, además, que el recurrente hizo el servicio militar en Irán, "superándolo sin dificultades". Un país, subrayan, con un régimen que "castiga duramente la homosexualidad, con lo que no es creíble que no tuviera problemas serios en el ejército". Un ámbito, concluye, "normalmente controlado y riguroso donde su hipotética orientación sexual tenía más probabilidades de haberle acarreado situaciones si no imposibles, sí difíciles de superar"

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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