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Hasta 60 años de cárcel a quien mate a mujeres por razón de género en México

La capital mexicana cuenta a partir de hoy con la figura del feminicidio en su Código Penal, que establece sanciones de 20 a 60 años de cárcel

La reforma, aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a finales de junio pasado y publicada hoy en la Gaceta Oficial, considera feminicidio cuando "la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo".

También cuando "se le hayan infringido lesiones infamantes y degradantes, así como mutilaciones previas o posteriores a la privación de la vida", explicó el Gobierno capitalino en un comunicado.

Si hay datos sobre la existencia de "amenazas, acoso, violencia o lesiones" a la víctima o que el cuerpo de la misma "sea expuesto, depositado o arrojado en un lugar público" también será considerado homicidio por razón de género, apuntó.

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Otro de los factores para determinar si se trata de un feminicidio es que se la víctima haya permanecido incomunicada antes de su deceso.

Aunque las sanciones por este delito van de los 20 a los 50 años de cárcel, si se establece que existió alguna relación sentimental con la víctima, afectiva o de confianza, de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad la pena mínima aumenta a 30 años y la máxima a 60 de prisión.

Organizaciones como Amnistía Internacional (AI) han denunciado el crecimiento en los últimos años de este delito en México, que atribuye a los altos índices de impunidad y la falta de acceso a la justicia.

Según datos del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio de México (OCNF), de enero de 2009 a diciembre de 2010 hubo 203 feminicidios en el Distrito Federal, 108 de estos eran mujeres de 21 a 40 años de edad.

 
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