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El Gobierno aprueba la Ley de Muerte Digna

Será una norma que reconocerá el derecho de los enfermos terminales a morir sin dolor, reforzara la seguridad de los médicos y regulara la muerte domiciliaria

El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de la Ley de Muerte Digna que cambia oficialmente de nombre para evitar que los sectores más conservadores la vinculen con la eutanasia. Ahora se llama Ley Reguladora de los Derechos de la Persona en el Proceso Final de la Vida.

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El anteproyecto del Gobierno no despenaliza la eutanasia ni permite el suicidio asistido. En la recta final de la legislatura, el Ejecutivo de Zapatero no quiere resucitar polémicas y conflictos sociales como los generados por otras leyes que también han extendido derechos como la nueva ley del aborto o la ley que permite el matrimonio homosexual. Ni siquiera quiere levantar controversia con el título. Finalmente el gobierno ha decidido cambiarle el nombre y se llama Ley Reguladora de los Derechos de la Persona en el Proceso Final de la Vida, aunque es consciente de que popularmente se le seguirá denominando "Ley de Muerte Digna".

La norma es igual a las que ya existen en Andalucía o Aragón. No ha ido más allá pero igualará en todo el Estado los derechos de los pacientes en la asistencia paliativa, tanto en la sanidad pública como en la privada. Su objetivo es "impedir que en algunas comunidades se muera peor que en otras" sobre todo después de la persecución sufrida por el doctor Luis Montes a raíz del caso Leganés.

El derecho fundamental que reconoce es el de garantizar a los enfermos terminales una sedación paliativa que, aunque le acorte la vida, le permita morir sin dolor, sin sufrimiento innecesario y sin ensañamiento terapéutico. Se respetará la voluntad del paciente que podrá renunciar a un tratamiento que le alargue artificialmente la vida. El enfermo también tiene derecho a recibir apoyo emocional de sicólogos, apoyo espiritual según sus creencias religiosas y a estar acompañado en el momento final por sus familiares respetando además su intimidad y la de su familia. En este sentido, el paciente tendrá derecho a morir en una habitación individual del hospital. Otro aspecto importante es la regulación de la muerte domiciliaria. Estos pacientes podrán ser atendidos en casa si desean morir en su domicilio. Por eso la ley garantizará una adecuada coordinación con los servicios hospitalarios de cuidados paliativos para que la asistencia en el domicilio tenga la calidad necesaria.

La ley refuerza otros derechos ya existentes como el de manifestar las últimas voluntades sobre el tratamiento o los cuidados paliativos que quiere recibir en el proceso de la agonía. Se trata de lo que conocemos como testamento vital, un documento que solo tienen suscrito en España 81.000 personas, según los últimos datos del Ministerio de Sanidad. Como las otras leyes autonómicas de Andalucía, Aragón o Navarra, la norma estatal tampoco reconocerá la objeción de conciencia.

Después de haber pasado este viernes por el Consejo de Ministros, el Gobierno enviara el anteproyecto a los órganos consultivos pertinentes y al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para consensuarlo con las Comunidades Autónomas. El Ejecutivo pretende que el proyecto sea remitido a las Cortes en el mes de junio.

 
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