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El Tribunal Constitucional rechaza por unanimidad que la orden de alejamiento sea inconstitucional

El Alto Tribunal respalda por unanimidad la imposición de la orden de alejamiento al agresor cuando haya una condena por malos tratos

En Las Palmas una mujer que se negó a que le impusieran esta medida a su pareja, que había sido condenada a un año de cárcel por violencia de género. Los magistrados señalan que esta medida "no restringe el derecho de la víctima, sino el del autor del delito".

La Audiencia de las Palmas tuvo dudas de la constitucionalidad de la orden de alejamiento cuando les llegó el caso de una mujer que se negó a que le impusieran esta medida a su pareja que había sido condenada a un año de cárcel por violencia de género. Ambos, además, compartían el mismo centro de trabajo.

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El Tribunal Constitucional rechaza por unanimidad que la orden de alejamiento sea inconstitucional. La sentencia sostiene que la pena de alejamiento "no restringe el derecho de la víctima, sino el del agresor".

Los magistrados añaden que el precepto impugnado persigue proteger a la víctima de "agresiones que merecen un especial desvalor porque en la mayor parte de los supuestos se caracterizan por ser violentas y por producirse en el seno de relaciones afectivas, de convivencia o de tipo familiar o cuasifamiliar".

La sentencia subraya que "no parece discutible que esta medida pueda influir en el comportamiento de sus destinatarios disuadiéndoles de realizar en el futuro las conductas sancionadas por el legislador". Otra cosa sería, concluye, que "la orden de alejamiento entorpeciera o fuera indiferente al cumplimiento de ese fin".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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