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El Constitucional avala la mayor parte del Estatut

El pleno del Tribunal Constitucional, presidido por María Emilia Casas ha finalizado sus deliberaciones y aprobado finalmente la sentencia sobre el Estatut de Cataluña

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El Tribunal Constitucional ha tardado cuatro años en dictar sentencia sobre el Estatut de Cataluña. La ponencia de María Emilia Casas, la más favorable sobre el texto catalán, ha salido adelante por 6 votos a favor y 4 en contra. La votación se ha efectuado por bloques. Los artículos que María Emilia Casas proponía como constitucionales han tenido un apoyo de seis a cuatro. Idéntico ha sido el resultado de la votación sobre el preámbulo y las interpretaciones de conformidad. Los que la Presidenta sugería que eran inconstitucionales han salido adelante por ocho a dos.

El término nación

El primero en votarse ha sido el bloque del preámbulo que incluye que Cataluña es una nación. El bloque progresista se ha quedado en minoría en este punto y ha perdido la votación. El magistrado Manuel Aragón se ha unido con el sector conservador y aunque el término nación no se cae de la norma catalana, el fallo de la sentencia reflejará que el preámbulo no tiene efectos jurídicos.

Artículos inconstitucionales

La sentencia declara inconstitucionales 14 artículos del Estatut. Se caen del texto el Consejo de Justicia de Cataluña, su composición y sus funciones. La lengua catalana deja de ser preferente, tal y como reflejaba la norma. El catalán se queda como "lengua vehicular de Cataluña".

En materia económica no pasa el filtro constitucional el artículo que dispone la competencia compartida de las cajas de ahorro que radiquen en Cataluña. Tampoco, y ya sobre financiación autonómica, el que recoge que Cataluña aporta al Estado, "siempre y cuando el resto de comunidades autónomas lleven a cabo un esfuerzo fiscal similar". Las inconstitucionalidades del capítulo económico afectan por último a la capacidad de la Generalitat para regular los impuestos de los gobiernos municipales.

Interpretaciones de conformidad

Son 27 los artículos que el Tribunal Constitucional somete a interpretación. El pleno admite los símbolos nacionales en Cataluña porque los vincula a nacionalidad y no a nación. También interpreta el artículo referido a los derechos históricos y se acepta porque "no son fundamento del autogobierno de Cataluña". En el caso de la organización territorial de Cataluña en veguerías, los mayoría del tribunal interpreta que "no pueden suponer la supresión de las provincias ni de sus funciones constitucionales".

Por último hay una disposición adicional, la tercera, que el Alto Tribunal también somete a interpretación. Esta disposición se refiere a la financiación que recibe Cataluña del Estado para la construcción de infraestructuras. Aquí la interpretación pasa por reconocer que ambas Administraciones se comprometen a procurar con lealtad determinados acuerdos, "sin perjuicio de la plena libertad de las Cortes Generales para aprobar los Presupuestos Generales del Estado".

Los magistrados conservadores Vicente Conde, Jorge Rodríguez Zapata, Ramón Rodríguez Arribas y Javier Delgado han anunciado que emitirán un voto particular.

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