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FACUA denuncia a Google por espiar a los usuarios de redes wi-fi

La asociación advierte de que la máxima sanción que podría aplicar la Agencia Española de Protección de Datos resulta ridícula

FACUA ha solicitado a la Fiscalía que investigue si los responsables del gigante estadounidense han incurrido en un delito contra la intimidad al recopilar datos de localización de las redes y relativos al tráfico de los internautas durante la toma de datos para su servicio Street View

La asociación considera que la multinacional ha incurrido en unas prácticas de extrema gravedad, un auténtico atentado contra la privacidad de los ciudadanos a nivel mundial difícilmente concebible como fruto de un error, por lo que deben dilucidarse cuáles eran los objetivos de esta inquietante toma de datos y depurarse responsabilidades.

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FACUA advierte que las prácticas llevadas a cabo por Google podrían haber vulnerado el derecho constitucional al "secreto de las comunicaciones" e incurrido en un delito tipificado en el artículo 197 del Código Penal español.

Google ha admitido que, mediante los coches que utiliza para fotografiar las calles de numerosas ciudades del mundo, ha captado y almacenado datos de las redes wi-fi. Estos vehículos recorren España desde octubre de 2008.

Concretamente se trata del SSID, un nombre incluido en todos los paquetes de una red inalámbrica para identificarlos como parte de ella y que en ocasiones coincide con el nombre real del usuario, y las direcciones MAC, que son los números que identifican la dirección fija de los dispositivos router.

Además, Google ha recopilado datos de tráfico transferidos mediante redes wi-fi abiertas, según ha reconocido en su blog corporativo.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) anunció el 19 de mayo la apertura de una investigación. Pero dado que su ámbito se limita al control del cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, FACUA ha solicitado la intervención de la Fiscalía.

La asociación pone de manifiesto además que la multa máxima establecida en la citada Ley, 600.000 euros, es ridícula teniendo en cuenta la envergadura de la compañía y las enormes dimensiones de las irregularidades cometidas. Algo que debe llevar a reflexionar a las autoridades competentes sobre la necesidad de reformar el marco sancionador.

 
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