Sociedad | Actualidad

Condenan a un taller por cobrar 1600 euros de más a un cliente

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un taller a abonar a un cliente 1.644 euros que fueron añadidos al presupuesto inicial sin su consentimiento

Al parecer, el propio taller llegó incluso a amenazar al cliente con cobrarle más si no procedía a la retirada del vehículo de las instalaciones.

Según informó la Asociación de Consumidores y Usuarios en Acción, tras sufrir un accidente de tráfico, el afectado llevó su coche a reparar a un taller, mientras que el pago de la reparación del vehículo fue asumido por una aseguradora que, tras la peritación de los daños, fue valorada en 8.000 euros.

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De esta forma, el taller asumió el compromiso de proceder a dicha reparación y cobró su importe por adelantado, pero pasado un año el usuario recibió una carta del taller informando que el vehículo ya estaba reparado, exigiendo el pago de 1.644,44 euros más y advirtiéndole de que, en el caso de no recogerlo, se procedería a cobrar cinco euros diarios por estar el coche en el taller, por lo que el afectado abonó la factura total e interpuso una reclamación.

Según argumenta la Sección Octava en la sentencia, el documento firmado por el representante legal del taller señala "la asunción de la obligación por parte del taller de efectuar la reparación bajo los estándares de pago y calidad convenidos con la aseguradora", señalando que, "como está acreditado que, con anterioridad a esa asunción de obligación, se había expedido una factura por importe de 8.000 euros -abonados por la aseguradora-, no era posible cobrar otra cantidad al propietario del vehículo".

Así, añade que "no está acreditado que este propietario conviniera con el taller la realización de otros trabajos distintos de los que ya se incluían en aquellos de los que se había hecho cargo la aseguradora", añadiendo que el taller "exigió el pago de otra factura antes de la retirada del vehículo, la cual deberá ser reintegrada al propietario, ya que no consta que este encargara otros trabajos distintos a los incluidos entre los conceptos cuya factura abonó la aseguradora".

 
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