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REUNIONES CON BATASUNA

El Supremo archiva la causa contra Ibarretxe y Patxi López

El tribunal considera que no hay delito en los encuentros de los entonces lehendakari vasco y candidato socialista con representantes de la izquierda 'abertzale'

El tribunal considera que no hay delito en los encuentros de los entonces lehendakari vasco y candidato socialista con representantes de la izquierda 'abertzale'

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acordó hoy el sobreseimiento de la causa por supuesta desobediencia abierta contra el actual lehendakari, Patxi López; el anterior, Juan José Ibarretxe; el ahora consejero del departamento de Interior del gobierno vasco Rodolfo Ares, y cinco representantes de la izquierda abertzale, entre ellos, Arnaldo Otegi, por mantener reuniones coincidiendo con la tregua de ETA en el año 2006. Considera que su actuacuión no supuso ningun delito.

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Esta decisión ha sido adoptada pese a estimar el Alto Tribunal que, en este caso, las acusaciones populares (Foro de Ermua y Dignidad y Justicia) estaban suficientemnte legitimadas para pedir la apertura del juicio oral contra los mandatarios vascos, pese a que en este procedimiento la fiscalía no acusaba.

Se aplica la 'doctrina Atuxa'

De este modo, el Supremo entra en el fondo del asunto a la vez que aplica al caso la denominada 'doctrina Atutxa', que considera suficiente la acusación popular, aunque el fiscal no acuse, al tratarse de un delito, el de desobediencia, que no tiene un perjudicado directo. Esta doctrina se opone a la conocida como 'doctrina Botín' que dice que no basta la única petición de la acusación popular para abrir juicio oral y sentar a los acusados en el banquillo.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco archivó la causa contra López e Ibarretxe al considerar que no existía acusación legítima por ser la acción penal únicamente ejercida por una acusación popular (las dos asociaciones mencionadas).

Durante el juicio celebrado en Bilbao, tanto la Fiscal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma Vasca, María Ángeles Montes, como la defensa de López y Ares, y de los cinco representantes de Batasuna, solicitaron el sobreseimiento en base a la denominada 'doctrina Botín', por la que el TS afirmó que no se podía abrir juicio oral si la causa la promovía la acusación popular, sin que ejercieran la acción penal la Fiscalía o la acusación particular.

Las acusaciones populares ejercidas durante la vista oral por las asociaciones de víctimas, ahora recurrentes, solicitaron penas superiores a los dos años para los participantes en las reuniones, entre los que también se encontraban los miembros de la izquierda abertzale, Pernando Barrena, Rufi Etxeberria, Olatz Dañobeitia y Juan José Petrikorena.

 
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