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Evo Morales da luz verde a referéndum sobre autonomías indígenas

El decreto ha sido presentado <b>en el acto de festejo del Día del Indio en la ciudad de Camiri</b>, donde llegaron representantes de los pueblos originarios de todo el país y del exterior

Por medio de un decreto, el presidente de Bolivia ha autorizado a los municipios bolivianos a realizar referéndums para definir si quieren convertirse en autonomías indígenas. Las consultas se celebrarán el 6 de diciembre, de forma simultánea a las elecciones generales. En la misma fecha, Morales se postulará a la reelección presidencial y los bolivianos elegirán también un nuevo Congreso.

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El Gobierno de Morales ha presentado este domingo un decreto a través del cual otorga 21 días de plazo a los municipios que pretenden acceder a la autonomía indígena originaria y campesina y en ese lapso deben tramitar referéndums a celebrarse el 6 de diciembre, según publican los principales periódicos del país andino.

Bolivia tiene 36 pueblos indígenas y 327 municipios autónomos que se rigen por las leyes del Estado; sin embargo, si alguno de estos territorios decidiera convertirse en autonomía indígena, las etnias adoptarán para su gobierno sus usos y costumbres que estarán escritos en un estatuto autonómico, publica hoy la BBC.

De hecho, durante el acto de presentación del decreto, ocho municipios le entregaron al presidente Morales sus proyectos para convertirse en autonomías indígenas. La entrega coincidió en el Día del Campesino que, a partir de ahora, es también el Día de la Autonomía Indígena.

"No es para los terratenientes"

El presidente ha indicado que "con responsabilidad, de manera legal y constitucional, en base a la Constitución Política del Estado, estamos empezando a garantizar la autonomía indígena", a diferencia de la oposición que, según ha indicado, busca "autonomía para proteger a los terratenientes y para dividir Bolivia".

La nueva Constitución reconoce autonomías departamentales, regionales, municipales e indígenas y, según Morales, todas serán garantizadas. Aunque las reacciones de los líderes de la oposición no se han hecho esperar,y acusan al gobierno de imponer la autonomía indígena y dividir el país en naciones indígenas y no así en provincias como es la demanda de las regiones.

Sin embargo, la aplicación plena de las autonomías en Bolivia espera por la aprobación de una ley que será tratada por el próximo Poder Legislativo, que se instalará después de las elecciones de diciembre y llevará el nombre de Asamblea Legislativa Plurinacional.

Además del referendo municipal, las etnias podrán también convertirse en autonomías si logran consolidarse como "territorios ancestrales" y por "la agregación de municipios o territorios indígenas, originarios o campesinos", según dice una publicación del Ministerio de Autonomías. En ambos casos se debe cumplir un procedimiento que establecerá la futura ley de Autonomías.

"En los 500 años de la invasión europea y española, los indígenas han sobrevivido sin la presencia del Estado. ¿En 180 años de vida republicana, dónde estaba el Estado?", cuestiono el líder indígena en su discurso

Las dos vías para materializar el decreto

El decreto establece dos vías para acceder al trámite del referéndum. La primera es a través de una ordenanza municipal aprobada por dos tercios de voto mediante la cual se solicite al Ministerio de Autonomías la certificación para acceder al referéndum. Para ello deberán demostrar que son un pueblo o nación indígena originaria campesina preexistente a la colonia y que ocupan territorios ancestrales. También deben certificar que tienen instituciones y normas propias. Todo esto deberán realizarlo hasta el 24 de agosto.

El ministerio deberá verificar la documentación y hasta el 4 de septiembre informar a la Corte Nacional Electoral sobre la lista de municipios que podrán acceder al referéndum de diciembre.

La otra modalidad es a través de las iniciativas ciudadanas, pero es prácticamente impracticable, ya que los interesados deberían tener firmados los libros y presentarlos a la CNE para su verificación.

El órgano electoral tendrá 15 días hábiles de plazo para verificar sus firmas, lo cual se dificulta al no existir un padrón electoral vigente. Luego, los concejos municipales deberán convocar el referéndum por dos tercios de voto y comunicarlo a las cortes departamentales.

El decreto

Artículo cinco: Las condiciones para acceder al referéndum

- Certificación del Ministerio de Autonomías sobre la jurisdicción actual del municipio y correspondencia histórica a la territorialidad de los pueblos indígenas que lo habitan. Existencia de estos pueblos que sea precolonial, que la población indígena comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, cosmovisión, organización jurídico y político.

- Ordenanza municipal que convoque al referéndum municipal aprobado por dos tercios de votos.

Artículo seis: Procedimiento ante el organo electoral

- La CNE en coordinación con la CDE serán los órganos competentes para la revisión de libros de apoyo al referéndum municipal por iniciativa popular en elmarco de las competencias.

- El Gobierno municipal solicitante deberá notificar con la ordenanza municipal de convocatoria a la CDE y la CNE hasta el 4 de septiembre y ésta publicará de acuerdo a cronograma el listado de municipios para el referéndum del 6 de diciembre del 2009.

 
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