Comunicado del juez Garzón: "La información es inveraz e inexacta"
Muestra su "pesar por el hecho de que no se haya querido contrastar mínimamente esta información"
Madrid
El magistrado de la Audiencia Nacional ha hecho público un comunicado para rebatir la información publicada hoy por los periódicos El Mundo, Abc y La Razón que asegura que un olvido del juez permitió a Batasuna recuperar 48 'herriko tabernas'. Garzón tacha las publicaciones de "inexactas e inveraces" y muestra su "pesar" por el hecho de que "no se haya querido contrastar mínimamente esta información". He aquí el texto íntegro del comunicado.
Por la presente nota el que suscribe Baltasar Garzón Real, Magistrado-Juez Central de Instrucción número Cinco, desea poner de manifiesto ante la opinión pública lo siguiente:
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1.— Las publicaciones de los periódicos El Mundo, La Razón y ABC, del día de la fecha sobre las actuaciones referidas a la vigencia de los embargos y anotaciones de bienes relacionados con las llamadas Herriko Tabernas en el Sumario 35/02 de este Juzgado, contienen datos inexactos e inveraces, sin entrar a calificar la intención que se persigue con los mismos, aunque al menos en uno de ellos, se expresa claramente cual es en el editorial.
2.— En ningún momento ha existido el más mínimo riesgo de que los bienes embargados por este Juzgado, en el ámbito de su jurisdicción penal, hayan corrido el mínimo riesgo de pasar a posesión o disponibilidad diferente de la actual de sus titulares, habida cuenta de que el embargo y prohibición de disponer acordados en Auto de fecha 29 de Abril de 2002 sigue vigente en su integridad a los efectos de garantizar las responsabilidades pecuniarias o como instrumentos del delito, que en su día pudieran declararse en sentencia.
3.— La disposición de esos bienes, la cual era imposible habida cuenta de que tendría que ser autorizada por el Administrador Judicial y por el Magistrado, además de informada por el Ministerio Fiscal, no se ha producido, ni ha habido intención alguna de hacerlo por ninguno de sus titulares, como consta acreditado en la causa al día de la fecha.
4.— De haberse producido esa disposición, lo que se dice a efectos de mera hipótesis, se habría incurrido por quien así actuara en los posibles delitos de alzamiento de bienes, quebrantamiento de medidas cautelares reales y colaboración con banda armada.
5.— Los embargos continúan vigentes y han sido ratificados en auto de fecha 13 de Abril, anterior a la publicación y a la reunión de la Sala del Art. 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, resolución que se ha comunicado a los Registros de la Propiedad correspondientes, a la vez que, comprobado personalmente por este Instructor en una revisión exhaustiva de la causa, que la anotación preventiva de las medidas cautelares referidas, habría caducado el 29 de Abril de 2006 (fecha en la que este titular se encontraba disfrutando de una licencia por estudios en Estados Unidos), se ordenó en la misma resolución la anotación preventiva de los embargos y prohibición de disponer por cuatro años, la cual se presentó en los Registros de la Propiedad, sin incidencia, el día 16.04.07 por Funcionarios de la Ertzaintza, comisionados al efecto, y, por ende con plena vigencia.
6.— Estos embargos fueron oportunamente comunicados al Tribunal Supremo en fechas 25.04.03; 28.04.06; 08.11.06 y 27.11.06.
7.— En el día de ayer se entregó testimonio de la resolución y mandamientos al Ministerio Fiscal para su presentación en el Tribunal Supremo.
8.— Mostrar el pesar del que suscribe por el hecho de que no se haya querido contrastar mínimamente esta información en un tema de tanta sensibilidad pública y que haya servido para atacar injustamente el trabajo que, desde este Juzgado se desarrolla.
Ninguna dificultad habría existido en ayudar a que se transmitiera una información veraz para todas las ciudadanas y ciudadanos, sin embargo no se ha acudido y con ello se ha generado una confusión innecesaria y ciertamente perjudicial en demérito de la Administración de Justicia.
En Madrid a 18 de Abril de 2007.