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Cierco:"Nunca se ha censurado un contenido en Internet en España"

Cierco comenta los cambios que se han introducido en la polémica LISI para que nadie dude de que sólo un juez puede retirar un contenido en la Red

Madrid

A finales de este mes, la Ley de Impulso de la Sociedad de la Información (LISI) pasará definitivamente a las Cortes para su aprobación después de cinco meses de consulta pública y tras recibir el visto bueno de Europa. Este texto, que viene a modificar la Ley de Servicios de la Información y Comercio Electrónico aprobada en 2001, ha sido calificado de anticonstitucional por distintas asociaciones que aseguran que ciertos artículos dan pie a la censura.

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En una entrevista concedida a CADENASER.com, David Cierco, director general para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, quita importancia a esta polémica, y asegura que se han reunido con los sectores más críticos para aclarar el principal motivo de sus quejas. Este economista responsable del Plan Avanza asegura que la libertad de expresión queda más que garantizada al añadir finalmente en el texto de manera explicita que sólo un juez puede “secuestrar” un contenido en Internet.

La LISI, sin embargo, no es la principal preocupación de Cierco que se encuentra en plena negociación con el Ministerio de Cultura para identificar qué nuevos dispositivos incorporarán el canon digital como compensación a los autores por la copia privada. “Las conexiones ADSL ni los discos duros de ordenador van a tener canon”, adelanta Cierco.

La LISI ha creado un importante revuelo al decir que los “órganos competentes” pueden interrumpir la prestación de un servicio. ¿Quiénes son estos órganos? ¿Realmente pueden retirar un contenido de Internet?

Los principales cambios que estamos introduciendo están en el artículo 8 y 11, pero el texto ya estaba en la Ley anterior, sólo hemos eliminado unos supuestos y, por otro lado, hemos hecho una transposición de la directiva europea.

Pero en ningún caso se da la base jurídica para que nadie pueda intervenir ningún tipo de contenido en Internet. Sólo se establece un procedimiento por el cual si un órgano competente, por ejemplo una Comunidad Autónoma, puede actuar en situaciones que ha nadie le parecen escandalosas, como puede ser la retirada de determinados juegos peligrosos, fármacos falsos o pornografía infantil. Todos estos supuestos están contemplados en el mundo analógico, el físico, por lo que es lógico que estos órganos competentes también puedan actuar en el mundo digital porque así lo contempla nuestro marco jurídico. Si hay una ley que está diciendo que una Comunidad Autónoma tiene competencias para retirar un juguete peligroso, también tiene competencia para hacerlo en Internet.

Lo que hemos hecho es establecer un procedimiento que, además resulta más transparente. En el texto actual le da un papel al Ministerio de Industria para intermediar en estos procedimientos, ya que debía ser el Ministerio quien se pusiese en contacto con el operador para que retire ese producto. Esto lo hemos eliminado.

Este un procedimiento de colaboración supranacional, viene de Europa, y nada tiene que ver la libertad de información. Las competencias de los órganos competentes están marcadas por nuestro ordenamiento jurídico y no tienen nada que ver la LISI.

¿Finalmente han incluido en el texto de manera expresa, como solicitan algunas organizaciones, que sólo se puede intervenir un contenido con una orden judicial?

Hemos mejorado la redacción, y aunque ya estaba contemplado en la LISI, hemos puesto de manera expresa que sólo un juez puede intervenir un contenido. Así es como se ha enviado a Europa. Además, hay una referencia clara a la constitución española cuando se habla de la posibilidad de que haya una intervención pública que tenga que ver con la libertad de expresión, que sólo puede ordenar un juez.

¿Alguna vez se ha cerrado una página web en España?

Nunca se ha censurado un contenido en Internet, que yo tenga constancia. Nunca se han retirado contenidos relacionados con la libertad de expresión. Nunca se ha retirado un contenido en España amparándose en esta ley, y ahora menos, puesto que es más restrictiva.

Otro de los puntos que levanta resquemor es el intento de hacer responsables a los proveedores de servicio de todos contenidos que se publican en su dominio.

La cuestión era si son responsables de los enlaces a otros contenidos. La redacción era confusa, pero se ha aclarado que el proveedor (ISP) es sólo responsable de la información a la que lleva ese link siempre que el contenido haya sido editado por el ISP. Además, el ISP sólo es responsable si tiene conocimiento de que ese contenido es ilegal, y debe existir constancia de ese conocimiento. Es explicito, tiene que haber una comunicación. Se establece todo un procedimiento y siempre habrá que demostrar que existe este conocimiento, y que teniéndolo, no ha actuado.

¿Qué pasa con los comentarios de los lectores?

Este tema no se toca en la LISI. Es un asunto que se trata por otras ramas, me imagino que si hay comentarios despectivos con faltas al honor, pues está bajo la ley de injurias. Me imagino que el medio debe retirar ese comentario. Y si tiene conocimiento y no lo hace, entonces sí se le podría hacer responsable de un delito de calumnias o contra el honor.

La LISI también dice que las operadoras deben informar a los usuarios de las responsabilidades que con llevan ciertos usos de Internet como el descargarse películas o contenidos. ¿No es pedirles que hagan de Policía?

Se va a pedir una colaboración más activa a los operadores como mínimo a nivel de información para que adviertan a los usuarios de cuáles son las prácticas que vulneran la legislación actual sobre los derechos de autor. Se está pidiendo un proceso de notificación a los usuarios. Se va a crear un mecanismo para que los usuarios que se estén descargando cierto tipo de contenidos reciban una notificación para llamarles la atención. Tiene que ver más con la información más que con una labor policial.

¿Cómo se les va a advertir de que las descargas son ilegales cuando hay sentencias judiciales que dicen que sólo hay delito cuando hay ánimo de lucro?

Lo que está claro es que hay una ley, el texto refundido de Propiedad Intelectual, que fue aprobado por unanimidad por todos los grupos, donde se establece que la puesta a disposición de estos contenidos es ilegal. Esto no lo duda nadie. No puedes poner música a disposición de los demás. Eso lo dice la ley clarísimamente, lo del acceso lo interpretan de maneras diferentes. Queremos poner el sistema de notificación para la puesta a disposición. La copia privada es para uso privativo, eso lo establece el texto que insiste y dice que es un uso privado y no colectivo. Y añade que la copia privada es sólo cuando se refiere a un ejemplar legalmente adquirido. Esto es la literalidad de ley.

¿Entonces, considera que las acusaciones de anticonstitucionalidad de la LISI han sido infundadas?

Este era el debate de cuando se creo la primera Ley de la Servicios de la Información se tramitó en 2001, pero hoy estas críticas no tienen fundamento. Si en más de cinco años de Ley no ha habido un solo caso de retirada de contenidos, y no hay nadie que haya presentado un argumentario serio, avalado por un jurista.

Entonces, la nuevas polémicas se centrarán en el canon digital ¿Cómo van las negociaciones con cultura?

Va bien. Nosotros ahí no somos el legislador y la ley la han aprobado por unanimidad todos los grupos políticos. El caso es que hemos dado interlocución a todas la partes: a la cultura, la industria y también a los internautas. Creo que debemos madurar como país y darnos cuenta de que estamos viviendo en una convergencia tecnológica y que hay que hacer un esfuerzo para crear un entorno que propicie el desarrollo de la sociedad del conocimiento. Tenemos las operadoras muy importantes, tenemos una industria de contenidos muy potente, también en informativos, y el compromiso de las comunidades autónomas y debemos asumir juntos los retos que tenemos por delante.

¿Se va a aplicar el canon a las conexiones ADSL?

No, ni a los discos duros de ordenador, ni tampoco están en las negociaciones los dispositivos USB. Estamos hablando con cultura. Aún es pronto. Como los implicados no se han puesto de acuerdo, nosotros estamos buscando ese equilibrio necesario para contentar a los gestores de la propiedad intelectual, pero en función del uso que se está dando a cada soporte. Los MP3 están en la negociación, pero depende de los hábitos de consumo de los usuarios. En este marco se va a encontrar una solución que satisfaga a todos. Esto tiene que terminar de definirse a finales de marzo.

  • <a name="despiece1"></a>1.439 millones para gastar en 2007
 
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