El PP y CiU retrasan la reforma de las OPAs en su tramitación en el Congreso
El proyecto no se retomará hasta el inicio del próximo periodo de sesiones, en febrero
Madrid
La Comisión de Economía y Hacienda del Congreso de los Diputados ha decidido posponer la reforma de la Ley del Mercado de Valores para la modificación del régimen de OPAs para el mes de febrero de 2007, debido a que el PP y CiU solicitaron más tiempo para estudiar el proyecto.
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Una vez superada la fase de Ponencia de esta mañana, estaba previsto que la Comisión de Economía y Hacienda aprobara el proyecto y lo remitiera al Senado. Pero PP y CiU pidieron más tiempo para la aprobación del texto con idea de estudiar las enmiendas y posibles transacciones. Eso sí, dado que ésta es la última semana de actividad ordinaria en el Congreso, el proyecto no se retomará hasta el inicio del próximo periodo de sesiones, el próximo mes de febrero.
El proyecto pasó la semana pasada su primer trámite en la Cámara Baja con el debate de la enmienda de devolución presentada por el PP. En esa sesión plenaria, el vicepresidente Pedro Solbes explicó que con esta incorporación al Derecho español de las directivas comunitarias de OPAs y Transparencia, se clarifican y simplifican los supuestos para lanzar una OPA por el 100% del capital de una sociedad y establece que estará obligado a lanzarla quien adquiera, al menos, el 30% de los derechos de voto.
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Pedro Solbes también aclaró que para facilitar el paso del régimen vigente al propuesto se establece que, cuando un accionista ya cuente, a la entrada en vigor de la Ley, con un porcentaje de derechos de voto entre el 30% y el 50% en la sociedad, debe formular una OPA por el 100%, bien cuando alcance el 50% de los derechos de voto, bien cuando aumente su participación en la sociedad en un 5% a lo largo de un período de un año.
Asimismo, la normativa incluye la obligación de formular OPAs "a posteriori" tras la adquisición de una participación de control. Las OPAs a priori continuarán existiendo, pero sólo tendrán carácter voluntario y también supone que las OPAs obligatorias sólo se realicen por el 100% del capital, eliminándose la obligación actual de presentar ofertas parciales.
Además, destacó que se introduce la reciprocidad con otros países y la figura de la compraventa forzosa, tras el lanzamiento de una OPA por el 100%. Esta podrá ejercerse cuando la OPA haya tenido un éxito considerable, al haber sido aceptada por los accionistas que representen al menos el 90% de los derechos de votos a los que iba dirigida y el adquiriente haya alcanzado al menos una participación que le otorgue el 90% de los derechos de voto. Por lo que se refiere a la transparencia, se amplían los sujetos obligados a presentar informes semestrales. Actualmente, lo deben publicar los emisores cuyas acciones estén admitidas a negociación en una bolsa de valores y tras la aprobación de esta normativa también deberán hacerlo los emisores con obligaciones admitidas a negociación en un mercado regulado.