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Una juez absuelve a un internauta por 'bajarse' música de Internet

La magistrada considera que descargarse canciones sin ánimo de lucro no es delito

Una juez de Santander asegura en una sentencia que bajarse música de Internet sin ánimo de lucro no es delito. La juez ha absuelto a un internauta para el que se pedían dos años de cárcel por descargarse canciones de la Red.

La juez, del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander, considera que si las descargas sin ánimo de lucro se entendieran como delito, "implicaría la criminalización de comportamientos socialmente admitidos y, además, muy extendidos, en los que el fin no es en ningún caso el enriquecimiento ilícito, sino el de obtener copias para uso privado".

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El internauta al que se encausaba fue procesado por bajarse de Internet álbumes musicales, obtener copias digitales de los discos que poseía y ofrecerse a intercambiar su colección con otros internautas en chats y correos. La absolución se basa en que ese ofrecimiento se hacía "en todo caso sin mediar precio".

En contra del internauta se habían personado como acusación el Ministerio fiscal, la Asociación Fonográfica y Videográfica Española y la Asociación Española de distribuidores y editores de software de entretenimiento.

 
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