El único inculpado por el accidente de tren en Chinchilla no irá a prisión
Condenado a dos años de cárcel y cuatro de inhabilitación el factor
El tribunal que ha juzgado al único inculpado por el choque de trenes ocurrido cerca de la estación de Chinchilla (Albacete) el 3 de junio de 2003, ha condenado a dos años de cárcel y cuato de inhabilitación al factor de circulación por 19 delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y otros 48 de lesiones.
José Luis D.C., factor de circulación de la estación de Chinchilla no tendrá que ingresar en prisión, al no contar con antecedentes penales y haber sido condenado a una pena no superior a dos años.
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El juez Jaime de Lamo, que dio a conocer la sentencia en lectura pública, considera que hubo "fallo humano", ya que el acusado puso el semáforo en verde y dio la orden de 'marche el tren' al Talgo, "olvidando" que en sentido contrario y por la misma vía venía un mercancías.
Sin embargo, el magistrado considera que el acusado es una persona "integrada en la sociedad", y que su paso por prisión sólo podría perjudicarle. Su abogado, que tiene diez días para recurrir la sentencia, en principio no tomará esta decisión.
Aumentan un 30% las indeminizaciones
La Fiscalía y la mayoría de las acusaciones particulares solicitaban tres años de prisión y otros tres de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de factor. Lo que sí han logrado es que se aumente un 30% las indeminizaciones a las víctimas y los familiares de los fallecidos.
Los hechos que fueron juzgados durante catorce sesiones en la sede del Tribunal Superior ocurrieron a las 21:41 horas del 3 de junio de 2003, cuando se produjo "una fortísima colisión" entre un mercancías que, procedente de Murcia, se dirigía a Madrid y un Talgo que con 82 pasajeros y cuatro tripulantes iba en dirección contraria y por la misma vía.