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El Constitucional recuerda al PP que sólo puede enjuiciar la reforma del Estatut cuando sea aprobada

Se hace público el auto del Constitucional por el que rechaza el recurso del PP contra la admisión a trámite de la refoma del Estatut

El Tribunal Constitucional (TC) ha notificado hoy un auto en el que responde al recurso del PP contra la admisión a trámite en el Congreso de la reforma del Estatuto catalán. El TC recuerda que "sólo podrá conocer y enjuiciar el contenido de la Propuesta de Reforma del Estatuto de Cataluña en el caso de que sea finalmente aprobada", razón por la que rechaza el recurso del PP.

"En el momento actual de tramitación de la iniciativa, la propuesta de reforma no puede ser objeto de un juicio de constitucionalidad y éste resulta prematuro, pues la inconstitucionalidad únicamente puede predicarse de las normas, no de las iniciativas parlamentarias", dice el TC en su resolución.

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Frente a la decisión de la mayoría expresada en este auto, cinco magistrados han emitido votos particulares en los que muestran sus discrepancias, tanto con la decisión de inadmitir a trámite el recurso como con los fundamentos jurídicos en los que se basa.

En el recurso, presentado el mismo día en que comenzaba en el Congreso el debate de toma en consideración de la propuesta del Parlamento de Cataluña, el PP sostenía que el contenido de la misma suponía de hecho un cambio de la Constitución y que la Mesa de la Cámara cometía un fraude al ordenar su tramitación como una mera reforma estatutaria.

En esta resolución, el TC estima que "no hay base normativa para que un proyecto de Estatuto de Autonomía pueda ser tramitado como reforma de la Constitución", tal y como alegaba el PP.

 
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