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Un juez dice que prevalece el derecho al trabajo de un maltratador frente a una orden de alejamiento

Un hombre podrá seguir acudiendo al bar que regenta, a menos de 500 metros de la casa de su ex mujer, tras estimarse su recurso

La Audiencia de Sevilla ha estimado el recurso de apelación interpuesto, respecto a la orden de alejamiento, por un hombre condenado a un año y once meses de prisión por maltrato habitual, psicológico y amenazas ya que, a juicio del tribunal, prevalece su derecho al trabajo "a la tranquilidad y libertad deambulatoria de la víctima".

La orden del juzgado de lo Penal de prohibición de aproximarse o comunicar con su ex mujer de julio pasado ha quedado ahora sin efecto y el maltratador podrá acudir a su lugar de trabajo, un bar, que se haya dentro del radio de acción de los 500 metros al que a este hombre se le prohibió acceder.

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El auto de la Sección Tercera, contra el que no cabe recurso alguno, dice entre sus razonamientos jurídicos que "el hecho de que el condenado acuda a su centro de trabajo (bar) diariamente no puede entenderse como vulneración de la prohibición establecida en sentencia, pues ni comunica ni se aproxima a la víctima como acto voluntario y tendencial de incumplir la sentencia".

Porque "el sustento quedaría anulado"

Añade a continuación el fallo, fechado el pasado 27 de enero, que "es claro, a juicio de este tribunal, que debe prevalecer el derecho al trabajo y al sustento, que quedaría anulado, en detrimento del derecho a la tranquilidad y a la libertad deambulatoria de la víctima, que tan sólo se podría ver comprometido cuando acudiera libremente a cualquier establecimiento situado a menos de 500 metros del bar donde trabaja el condenado".

El Juzgado de lo Penal número 3 de Sevilla dijo el 17 de septiembre pasado que la pena impuesta en julio de prohibición de aproximarse o comunicar con la perjudicada no impedía al condenado acceder y permanecer en el bar de su propiedad. La mujer se opuso a tal medida, al igual que el Ministerio Fiscal, e interpuso recurso de reforma para revocar dicha autorización, que fue estimado, si bien ahora ha quedado definitivamente revocado tras la estimación apelante en la Audiencia.

 
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