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Entra en vigor la reforma penal que castiga con cárcel conducir ebrio

Hoy entra en vigor la Reforma del Código Penal aprobada en la etapa de Gobierno del PP, que modifica la legislación penal vigente desde 1995 y supone la creación de nuevos tipos penales, la potenciación de algunas penas como el alejamiento y el comiso y la supresión de figuras que se consideraron ineficaces, como los arrestos de fin de semana.

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El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, se ha referido hoy a una de las principales novedades de esta reforma, la pena de prisión para los que conduzcan bajo los efectos del alcohol. López Aguilar ha advertido en declaraciones a RNE de que los conductores ebrios, que a partir de hoy podrán ser castigados con penas de cárcel, "no tienen por qué aspirar" a que les sea concedido el indulto, ya que es un delito "especial y severamente censurado" por el conjunto de la sociedad.

López Aguilar destacó que "estamos obligados a reaccionar ante una tasa de mortalidad en las carreteras que es absolutamente inadmisible". Consideró que esta tasa hay que combatirla "desde el frente preventivo, lanzando a través del Código Penal un mensaje represivo, e incluso desde el ejercicio de responsabilidad en política criminal que es el indulto".

OTRAS NOVEDADES DE LA REFORMA

La Ley fue sancionada en noviembre de 2003, aunque se estableció una 'vacatio legis' hasta octubre de este año. El nuevo texto legal formó parte de la reforma impulsada por el anterior Ejecutivo y en su exposición de motivos se señala que pretende "la adaptación de los tipos ya existentes y la introducción de nuevas figuras delictivas (...) de acuerdo con las más acuciantes preocupaciones sociales, con el fin de conseguir que el ordenamiento penal dé una respuesta efectiva a la realidad delictiva actual".

La reforma introduce nuevos tipos penales, como los referidos a la sustracción de teléfonos móviles, protección de la propiedad intelectual, maltrato de animales domésticos y violencia en el deporte, estableciendo en este último caso un tipo específico para las alteraciones del orden con ocasión de la celebración de eventos o espectáculos con asistencia de un gran número de personas.

También se amplía el ámbito de protección de delitos relativos a la corrupción de menores o la pornografía infantil, introduciendo tipos como la posesión para el propio uso del material pornográfico, y se establece que los delitos de injurias y calumnias contra funcionario público puedan ser perseguidos de oficio.

Se suprime la pena de arresto de fin de semana y se sustituye, según la gravedad de la conducta sancionada, por la pena de prisión de corta duración, multa, localización permanente mediante elementos telemáticos o trabajos en beneficio de la comunidad, que se aplica a un mayor número de delitos y faltas.

La reforma también supone una modificación de la duración mínima de la pena de prisión, que pasa de seis a tres meses con el fin de que este tipo de condenas "cumplan su función de prevención general adecuada respecto de los delitos de escasa importancia", según reza la exposición de motivos de la norma.

A partir de hoy, el Código penal amplía la duración máxima de las penas de alejamiento, incluyéndose la previsión de su cumplimiento al mismo tiempo que la de prisión. La finalidad de este cambio es evitar el acercamiento a la víctima durante los permisos de salida que pueda disfrutar un reo. También se extiende, de 10 a 15 años, la duración máxima de la pena de privación del derecho a tener armas.

Por otro lado, se refuerza el comiso, que en determinados casos alcanzará a los bienes utilizados para la comisión del delito, con el fin de mejorar la represión del narcotráfico. Igualmente, se incorpora la responsabilidad de las sociedades cuando quien comete determinados delitos las utiliza como instrumento o tapadera para la perpetración de los mismos.

También, con respecto al tráfico de drogas, se aplicarán agravantes a un mayor número de casos, como aquéllos en los que el delito se comete en centros docentes, unidades militares, establecimientos penitenciarios o locales de rehabilitación, o si se hiciese uso de armas.

Finalmente, la norma introduce medidas tendentes a favorecer la rehabilitación de los delincuentes que han vulnerado la ley a causa de su dependencia al alcohol o las drogas. Para ello, se permitirá obtener la suspensión de la condena cuando las penas sean de hasta cinco años, y no solo hasta tres, como ocurría actualmente.

Se penalizará con cárcel a los que conduzcan bajo el efecto del alcohol o las drogas y a los que conduzcan de forma temeraria

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