Aplazan al 29 de abril la declaración de Michavila en el Supremo
El ministro en funciones tendrá que declarar por la querella de Fernández Bermejo
El Tribunal Supremo ha aplazado hasta el 29 de abril la vista para la declaración del ministro de Justicia en funciones, José María Michavila, prevista para mañana por la demanda de protección de derecho al honor y a la propia imagen interpuesta contra él por el ex fiscal jefe de Madrid, Mariano Fernández Bermejo.
Así lo han confirmado fuentes del Alto Tribunal, que explicaron que la Sala de lo Civil del Supremo acordó el aplazamiento después de que Michavila lo solicitara por encontrarse mañana fuera de España, en concreto para mantener una entrevista con su colega francés, Dominique Perben, según señalaron a Efe fuentes de este departamento.
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El pasado mes de noviembre la Sala de lo Civil del Supremo acordó tomar declaración tanto a Michavila como a Fernández Bermejo -que también tendrá que presentarse el 29 de abril- durante la audiencia previa celebrada por la demanda que este último presentó contra el ministro y en la que el ex fiscal jefe de Madrid le reclama una indemnización de 60.000 euros.
La demanda presentada por Mariano Fernández Bermejo hace referencia a unas declaraciones realizadas por Michavila el pasado 28 de abril en las que éste acusó al entonces fiscal jefe de Madrid de haberse declarado "en rebeldía" y de "boicotear" la Ley de juicios rápidos que entró en vigor ese día.
POLÉMCIA DECLARACIÓN
Durante la audiencia previa celebrada en el Supremo, el abogado del Estado insistió en que el titular de Justicia no se extralimitó en sus afirmaciones y se negó en todo momento a la pretensión de la representación de Fernández Bermejo de que el Tribunal aceptara como prueba el interrogatorio de Michavila.
Finalmente, la Sala acordó, pese a las protestas verbales del abogado del Estado, tomar declaración al ministro y a Fernández Bermejo, tal y como también solicitó el representante de los Servicios Jurídicos del Estado y pese a que la Fiscalía también consideró innecesarios tales interrogatorios por ser suficiente, en su opinión, la prueba documental aportada.