Quintuplicaba la tasa de alcohol: investigado un conductor en La Rioja por causar un accidente de tráfico
Este vecino de Logroño se enfrenta a un delito contra la seguridad vial al conducir bajo la influencia del alcohol
Efectivos de la Guardia Civil en La Rioja pertenecientes al Sector de Tráfico, han investigado a un varón de 31 años, de nacionalidad española y residente en la capital riojana, como presunto autor de un delito contra la seguridad vial al conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
Accidente en la N-111
La actuación se inició sobre las 18:45 horas del pasado día 2 de marzo, cuando en la Central Operativa de Tráfico -COTA- de la Guardia Civil en La Rioja, se recibió una llamada en la que se informaba de un siniestro vial a la altura del punto kilométrico 317´300, de la N-111, término municipal de Fuenmayor, en el que se hallaban implicados dos vehículos.
De manera inmediata, agentes del Equipo de Atestados y patrullas del Sector de Tráfico se desplazaron al lugar de la incidencia. Allí, constataron la colisión longitudinal frontal de un turismo marca Cupra, contra un turismo marca Renault, resultando como consecuencia del impacto una persona herida grave -conductor del Renault-, una herida leve -conductor del Cupra- y daños materiales de gran magnitud en ambos vehículos implicados.
Los agentes detectaron, que el conductor del Cupra presentaba síntomas de haber ingerido sustancias incompatibles con la conducción, por lo que procedieron a someterle a las preceptivas pruebas de alcohol y drogas, arrojando la primera un resultado positivo de 1,37 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, superando en más de cinco veces la tasa máxima permitida -0.25-. Resultado negativo en la prueba de drogas.
Las diligencias instruidas por agentes del Equipo de Atestados de la Guardia Civil en La Rioja han sido puestas a disposición de la autoridad judicial.
Artículo 379 del Código Penal
El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas: será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
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