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Acuerdo en la reforma laboral

Analizamos con el catedrático Juan José Dolado el acuerdo en materia laboral alcanzado por la mesa del diálogo social, que se apoya en tres pilares fundamentales: frenar la temporalidad, reequilibrar las fuerzas en las negociaciones entre empresarios y sindicatos y establecer mecanismos de flexibilidad para las empresas.

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Madrid

Fue el compromiso adquirido por Pedro Sánchez en el debate de investidura, incluido en el acuerdo de Gobierno, comprometido largamente por la ministra de Trabajo, y hoy — tras intensas semanas de negociación — se ha traducido finalmente en un acuerdo a tres bandas entre Ejecutivo, sindicatos y empresarios —la primera que cuenta con el consenso del diálogo social — para acometer lo que bautizan como una "reforma laboral de calado". Tras casi un año de negociaciones que se han intensificado estas últimas semanas, hoy las cúpulas de CEOE, de UGT y de Comisiones Obreras han dado el visto bueno a un acuerdo que se tendrá que trasladar en los próximos días a un texto normativo y que aprobará el Consejo de Ministros el próximo martes.

Es un acuerdo con tres patas fundamentales: poner coto a la temporalidad; reequilibrar las fuerzas en las negociaciones entre empresarios y sindicatos; y establecer mecanismos de flexibilidad para las empresas. Así, en materia de lucha contra la temporalidad, el texto acordado limita a 90 días al año y no consecutivos los contratos temporales en situaciones previsibles, prorrogables a seis meses si hay aumentos de producción imprevistos y a 12 meses por convenio sectorial, además, se reduce el encadenamiento de contratos, se limita hasta los 30 años el uso del contrato de formación y se apuesta por el uso del contrato fijo-discontinuo. En materia de negociación, el convenio de empresa pierde prevalencia especialmente en la parte de fijación de sueldos y jornada, una demanda largamente reclamada por los sindicatos. Y, respecto a la flexibilidad para las empresas, se establece un mecanismo de flexibilidad permanente que dará continuidad a los ERTE de pandemia.

"Cuando entre en vigor, un 33% de los contratos temporales, que son los de obra y servicio, van a desaparecer, con lo cual la tasa de temporalidad se reduciría en un tercio: pasaría de un 26% actual al 17% aproximadamente. Otra cuestión es que, como no se han cambiado los costes por despido, y se han transferido contratos temporales con indemnizaciones bajas a contratos indefinidos con indemnizaciones más altas, los costes medios por despido de las empresas, en principio, van a aumentar, a pesar de la creación del mecanismo RED que facilitará el mantenimiento de las plantillas a costa del contribuyente y, al final, a costa de las empresas también. Entonces, siempre que se encarece el coste del despido, se reducen los despidos, pero también las contrataciones, creo que habría que haber reducido un poco, aproximadamente de 20 a 18 días, los costes por despido" explica en Hora 25 de los Negocios Juan José Dolado, experto en la materia y Catedrático de Economía de la Universidad Carlos III, que señala que, efectivamente, no es una derogación completa de la anterior reforma laboral. "Es una derogación parcial. Hay temas de la reforma de 2012 que no se alteran, como las indemnizaciones por despido" señala Dolado.

Un acuerdo que coincide, además, con publicación del dato de contabilidad nacional del INE, que corrige sus cálculos y señala que la economía creció un 2,6% en el segundo trimestre — y no un 2% como había estimado previamente — gracias al impulso del sector exterior y a un mayor consumo de los hogares.

Una revisión que, apunta José Moisés Martín, miembro de Economistas frente a la crisis, “despeja algunos de los elementos que habían quedado digamos sin resolver en las últimas estimaciones y apuntan a un mayor crecimiento a largo del conjunto de 2021, por lo tanto, son buenas noticias que tenemos que tener en cuenta para estas previsiones y para las previsiones de los años siguientes”

 
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