¿Piratear salió gratis?
La sentencia no nos habla tanto de impunidad sino de las diferentes velocidades a las que circulan el mundo y la ley
Madrid
Los administradores de las webs Películas Yonkis, Series Yonkis y Vídeos Yonkis entre los años 2008 y 2014 han sido absueltos de un delito contra la propiedad intelectual en el que era considerado como el mayor juicio contra la piratería en España celebrado en Murcia. Estas páginas web facilitaron el camino para piratear contenidos audiovisuales proporcionando enlaces a servidores en donde estaban alojadas estas obras. La sentencia no niega los hechos, pero afirma que los encausados se limitaban a redirigir a los usuarios hacia estos megaservidores, que sus webs no contenían ningún tipo de contenido audiovisual y que no está demostrado que obtuvieran ingresos por el número de descargas realizadas por su intermediación sino que eran beneficios indirectos derivados de la publicidad aparecida en las páginas web. La acusación pedía 546 millones de euros, pero les ha salido a no pagar.
En realidad, lo que hicieron estas personas hoy sería delito conforme a la reforma del Código Penal de 2015 y a una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que consideran lo que es de sentido común: que proporcionar las llaves para el robo también es una forma de colaboración en el robo. Así que, si no hemos entendido mal, esta sentencia no nos habla tanto de impunidad sino de las diferentes velocidades a las que circulan el mundo y la ley, cuando el vértigo de los avances tecnológicos compite con la lentitud de las reformas legales y abre infinitos espacios en los que avispados ciudadanos que hoy serían delincuentes pasarán a la historia como simples espabilados que supieron servirse de las grietas del sistema.