La UE prohíbe, aquí lo permiten casi todo
Madrid
¿Os imagináis tener contratado un servicio de mantenimiento de la caldera y que la empresa os obligue a pagar una subida unilateralmente, sin contar con vuestra aprobación? Aunque la mejora propuesta quizá no te interese… ¿Podéis pensar que en el seguro del coche os añadan alguna mejora en el servicio y por eso os cobren un porcentaje de lo que ya pagáis sin contar con vuestro visto bueno?
¿Qué pasa si en el seguro de la vivienda os suben de repente 20 euros alegando que os mejoran el dinero máximo a cobrar en caso de robo de joyas, aunque no tengáis muchas joyas en casa?
Podríamos citar muchos ejemplos más, pero me paro en uno: ¿Qué os parecería si vuestro operador de telefonía os sube de repente vuestra cuota a cambio de supuestas mejoras en los servicios que os ofrece, os interesen o no? Sin opción de renuncia.
Es lo que está pasando con los principales operadores de telefonía. Y, lógicamente, hay indignación entre muchos usuarios ( no en todos, que algunos ven bien las mejoras ) que no ven necesarias o no necesitan tales mejoras; y, sobre todo, que no ven como una buena práctica la imposición, olvidando la negociación cliente a cliente. ¿Le ofrecemos estas mejoras – que seguro lo son – y le cuestan tanto dinero? Si te interesan, bien. Si no le interesan, tan amigos. ¿No sería más lógico y razonable actuar así? Claro, entonces el volumen de negocio no sería ni mucho menos el mismo...
Las asociaciones de consumidores vienen denunciando desde hace tiempo estas prácticas, que consideran que son ilegales y, por lo tanto, que permiten al usuario rescindir el contrato por incumplimiento del mismo de forma unilateral. Ya hay algunos “avisos” a estas discutibles prácticas, pero no será fácil que cejen en su empeño. 5 euros más por millones de contratos es mucho dinero. Sobre todo cuando las autoridades de consumo ya sabemos que son bastante poco proclives a meterse en estos campos “farragosos” de la pelea con sectores potentes. Por mucho que su deber sea defender a la otra parte, los consumidores...
Algo parecido a lo que llevamos denunciando tantos años sobre los teléfonos “caros” de atención al cliente: empezando por los 902, los 901 o los 806 y 905. Menos mal que el Tribunal de Justicia Europeo acaba de decir que estos teléfonos de atención al cliente no puede cobrar más allá de la tarifa básica. Y en este país hay muchos – otros sí - que no tienen estos precios de “tarifa básica” sino importantes negocios que la justicia europea obliga a frenar ahora. Es decir, ahora, las autoridades de consumo de aquí deben frenar estas malas prácticas. Veremos si se hace o no, cómo, o si se buscarán nuevos resquicios para eludir estas malos pero rentables hábitos.
Todo parece indicar que para las modificaciones en los contratos de servicios también será necesaria seguramente una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo. Como pasó con las preferentes, las cláusulas suelo o los teléfonos de atención al cliente. Aquí también se llevarán al final el gato al agua los usuarios. Pero tardará.
Claro que, así las cosas, me pregunto: ¿necesitamos realmente aquí a las autoridades de consumo?