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No confío en mi móvil ni en mi operador

Oyente: Sabela Juncal

Título de la consulta: Móvil defectuoso

El 25 de octubre de 2011 firmé con Vodafone un nuevo contrato de permanencia: me enviaron un HTC Sensation, el contrato es de 12 meses y la multa si lo rompo asciende a 500 € (algo que omitieron). Pues bien, en menos de un mes el dispositivo comenzó a apagarse sólo ocasionalmente. Al principio pensé que yo tocaba alguna tecla sin querer y no le di importancia. Llegó un día en el que ni pude mantener una conversación telefónica porque se apagaba constantemente y decidí llevarlo a la tienda, en la que me dijeron que en 15 días se pondrían en contacto conmigo.

Después de un mes sin saber nada, he llamado a la tienda y me han dicho que el móvil ha llegado; pero que los "técnicos son unos chapuzas" y no han puesto la carcasa interna, por lo que lo tienen que volver a envíar y tengo que seguir a la espera. Además pregunté qué tipo de problema tenía el dispositivo ya que no llevó ningún golpe, y me informaron de que me han cambiado casi todas las piezas porque estaba defectuoso; la placa basal, batería.... Y en Vodafone me dicen que no me pueden dar uno nuevo, pero yo ya he perdido la confianza en el móvil y en la compañía. Lo único que he conseguido es que me abonen el importe de todo el tiempo que he estado sin Internet. No sé si hay alguna forma de  conseguir un móvil nuevo o romper el contrato sin ser penalizada. Gracias por su ayuda

Si, concluida la reparación y entregado el terminal, éste sigue siendo no conforme con el contrato, podrá exigir la sustitución del mismo (salvo que esta opción resulte desproporcionada), una rebaja en el precio o la resolución del contrato y el reembolso de lo pagado.

En cuanto al plazo de reparación, la normativa establece lo siguiente: Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario, habida cuenta de la naturaleza de los productos y de la finalidad que tuvieran para el consumidor y usuario.

Por otra parte, también dice que el consumidor podrá optar por la rebaja del precio o la resolución del contrato: […] cuando éste no pudiera exigir la reparación o la sustitución y en los casos en que éstas no se hubieran llevado a cabo en plazo razonable o sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario. La resolución no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.

 

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