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Luz verde del Consejo de Navarra a la reforma de la Lorafna

Una vez que el Consejo de Navarra ha dictaminado que la reforma está dentro del bloque constitucional, la propuesta irá a la sesión de gobierno del 15 de mayo y al pleno del Parlamento de Navarra del 23 de mayo

El consejero de Presidencia e Igualdad del Gobierno de Navarra, Félix Taberna / Villar López (EFE)

El consejero de Presidencia e Igualdad del Gobierno de Navarra, Félix Taberna

Pamplona

El Consejo de Navarra ha dado su visto bueno a la reforma de la Ley Orgánica de Amejoramiento del Fuero (Lorafna) pactada por los gobiernos central y navarro para blindar el traspaso de las competencias de tráfico a la Comunidad foral, que fue anulado por el Tribunal Supremo. Según ha informado a los medios de comunicación el vicepresidente Félix Taberna, una vez que el Consejo de Navarra ha dictaminado que la reforma está dentro del bloque constitucional, la propuesta irá a la sesión de gobierno del 15 de mayo y al pleno del Parlamento de Navarra del 23 de mayo.

Posteriormente se remitirá al Gobierno de la nación para que lo envíe a las Cortes como ley orgánica para su validación, ha dicho Taberna, quien ha destacado que ésta es "una buena noticia para nuestro autogobierno". Taberna ha puesto en valor que “tanto la voluntad del Gobierno de España como del Gobierno de Navarra ha permitido, junto con la colaboración institucional, hacer una reforma rápida, eficaz y solvente, con la que se da solución a la sentencia del Tribunal Supremo”.

En este sentido, desde el Ejecutivo foral han mostrado su agradecimiento al Consejo de Navarra por su agilidad en la emisión del informe.

Esta reforma de la Lorafna se ha puesto en marcha tras los fallos emitidos los pasados 15 y 22 de febrero por el Tribunal Supremo, en el que se anulaba una parte de la transferencia acordada por la Junta de Transferencias el 22 de marzo de 2023 y cuya efectividad se inició el 1 de julio de 2023.

Desde su aprobación, en 1982, se han efectuado dos reformas parciales de la Lorafna aprobadas en 2001 y 2010. En 2001 se modificó para eliminar el proceso automático de elección del presidente o presidenta de Navarra, a quien se le otorgó además la facultad de disolución anticipada del Parlamento.

La segunda modificación, más extensa, fue instada por el Gobierno de Navarra en 2009 para adaptar el texto de 1982 a la realidad jurídico-política actual.

Este cambio afectó a más de una veintena de artículos, entre añadidos y modificados, si bien la reforma sustancial consistió en la ampliación del plazo de la legislatura a cuatro años en caso de disolución anticipada del Parlamento de Navarra y convocatoria de nuevas elecciones.

También incluyó la disolución de la Cámara si tres meses después de su constitución no se ha elegido al presidente o presidenta de Navarra. Se articuló, además, la participación de Navarra en la toma de decisiones de la Unión Europea que afecten a sus competencias o intereses.

El texto acordado derogó cuatro disposiciones transitorias referidas a mandatos ya cumplidos. La modificación quedó promulgada en la Ley Orgánica 7/2010, de 27 de octubre, de Reforma de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.

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