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Las empresas están obligadas a adaptar la jornada a los picos de calor

La normativa nacional aprobada en mayo protege a los trabajadores que trabajan en la calle de las inclemencias meteorológicas y obliga a las empresas a regular horarios y proporcionar medios

Trabajadores al sol / pixabay

Trabajadores al sol

Pamplona

Trabajadores y trabajadoras están protegidos por la normativa nacional, que obliga a las empresas a garantizar su seguridad e integridad. Sin embargo, según ha contado en la SER Alfredo Sanz, responsable de Salud Laboral de CCOO de Navarra, hasta mayo de este año no estaban reguladas específicamente las condiciones de trabajo en situaciones de extremo calor de quienes trabajan "en la calle". "Son los que más sufren estas olas de calor. hasta ahora no teníamos absolutamente ninguna egulación. A lo que obliga a estas empresas es a adaptar las jornadas de trabajo para evitar los picos de calor, que tengan la posibilidad de hacer pausas para hidratarse y descansar, intentar buscar fuentes para refrescarse...".

No existe, advierte, ningún límite de temperatura sobre el cual haya de detenerse el trabajo en la calle. Sí que se observa un límite de 27 grados para las empresas en las que se trabaja en interior. Límiote por encima del cual las empresas están obligadas a elaborar 'protocolos de calor'". En esos protocolos deben establecerse paros si se requiere, o si no se puede, buscar rotaciones para dar tiempos de descanso y refresco.

Volviendo al trabajo en la calle, ¿Han de hacerse cargo los trabajadores de los medios de protección solar necesarios? Según Sanz, en absoluto. "Lo que está claro es que la empresa no puede poner en riesgo la salud de los trabajadores. la normativa es muy clara. Tú no puedes tener un trabajador con un traje, como hacen algunas empresas, que les dan solo un traje para todo el año, y les da igual que sea invierno o verano, les estás asfixiando".

Ropa adecuada, y también agua para hidratarse, o crema solar. todo eso, asegura este representante sindical, ha de proporcionarlo la empresa. No se pued eponer en riesgo la salud del trabajador, según la normativa de prevención de riesgos laborales. "Lo que hay que hacer es facilitar esos medios. lo mismo que cuando trabajas en una empresa, la empresa está obligada a ponerte epis, guantes, zapatos de seguridad, porque estás trabajando con un material que te puede estropear el pie, o te puedes cortar, pues la empresa está obligada a poner a los trabajadores que trabajan en la calle unas condiciones dignas de trabajo".

Ramón Huarte

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Ramón Huarte creció en una familia ligada a la propiedad de la emisora. Así, comenzó joven a hacer colaboraciones...

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