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Ni en los partidos de fútbol de tus hijos ni en los cumpleaños en el parque: situaciones en las que no podrás beber con la nueva ley del alcohol

El proyecto del Ministerio de Sanidad, que inicia ahora su andadura parlamentaria, aúna un sinnúmero de normativas dispersas y homogeneiza las que ya aplican las comunidades y otras ordenanzas municipales para frenar su consumo en los más jóvenes

Madrid

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de ley de alcohol que pretende frenar o reducir su consumo en los menores de edad. La norma limita los espacios en los que se podrá beber, así como su publicidad, su patrocinio y su venta. "Es una ley pionera que armoniza leyes que teníamos en distintos territorios y añade medidas nuevas", ha aclarado la ministra de Sanidad, Mónica García. La normativa debe iniciar ahora su andadura parlamentaria para su aprobación definitiva.

"Tenemos una preocupación por el consumo de bebidas alcohólicas entre menores. Es un problema que tenemos que abordar de manera urgente. Los objetivos de esta ley son prevenir del consumo, crear espacios saludables y crear hábitos saludables. Tenemos que desterrar de nuestro imaginario esa idea de que puede haber beneficios en un consumo moderado. No es verdad. No aporta ningún beneficio y mucho menos en los menores", ha señalado la ministra antes de detallar algunas medidas que contempla la ley.

Dónde no se podrá beber alcohol

Si la norma sale adelante, se prohibirá el consumo a todas las personas en centros docentes (excepto universidades), centros de protección de menores y residencias de estudiantes que admitan menores. También en espacios deportivos, de ocio o dedicados a espectáculos públicos cuando haya sesiones que se hayan concebido expresamente para ellos. Por ejemplo, si un padre acompaña a su hijo en alguna competición deportiva del menor, no podrá beber alcohol mientras está en la grada. Tampoco se podrá tomar alcohol en un concierto destinado a niños y niñas, o en un cumpleaños infantil en un parque.

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Las Administraciones públicas podrán valorar la limitación de apertura de nuevos establecimientos, teniendo en cuenta la concentración de puntos de venta minorista de bebidas en las inmediaciones de centros educativos, de protección social de menores o establecimientos en los que se desarrollen espectáculos o actividades recreativas públicas destinadas a ellos.

Coto a la publicidad

En esos lugares en los que no se podrá beber, tampoco se podrá emplazar publicidad, ni en sus cercanías ni en las de otros lugares frecuentados por menores, como centros sanitarios, de servicios sociales y sociosanitarios, parques y lugares de ocio infantil. Esa prohibición incluye el mobiliario de hostelería, como sillas, mesas, toldos, sombrillas, servilleteros o cualquier elemento que haga alusión a una marca de bebida alcohólica.

La normativa extiende el veto de cualquier forma directa, indirecta o encubierta de publicidad de productos que simulen ser una bebida alcohólica y prohíbe el uso de voces o imágenes de personas de menos de 21 años, de adultos caracterizados de menores, embarazadas o personajes reales o ficticios de relevancia para la población menor de edad.

Respecto al lenguaje, no se podrán utilizar argumentos, estilos, tipografía o diseños asociados a la cultura de las personas menores de edad, o vincular las bebidas alcohólicas con la mejora del rendimiento físico, el éxito social o sexual.

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Además se prohíbe el emplazamiento de publicidad de bebidas alcohólicas en la vía pública en un radio de 150 metros de centros educativos, centros sanitarios, de servicios sociales y sociosanitarios y de parques y lugares de ocio infantil. Sí estará permitida la publicidad de aquellas bebidas fermentadas por debajo de 0,5% de alcohol.

Máquinas expendedoras que comprueben la mayoría

La ley también prohíbe la venta ambulante y sin licencia administrativa en la vía pública y en los demás lugares y circunstancias establecidos en otra ley estatal o autonómica o en una ordenanza municipal. Obliga también a instalar en las máquinas expendedoras mecanismos técnicos eficaces que comprueben la mayoría de edad —similar al que ya usan algunas máquinas de tabaco— y no podrán instalarse en la vía pública, ni en lugares donde esté prohibida la venta o consumo de bebidas alcohólicas.

La exposición y acceso a las bebidas alcohólicas en los establecimientos de autoservicio deberá limitarse a un espacio concreto dentro del propio local que esté separado de los espacios con productos específicamente destinados a menores. En los establecimientos dedicados mayoritariamente a productos para ellos, no podrán venderse bebidas alcohólicas ni otros productos que los imiten, ni exhibirse en los escaparates o en el interior.

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Registros de consumo en la historia clínica

La normativa habilita a las fuerzas de seguridad poder hacer pruebas de alcoholemia en lugares y en circunstancias en las que el consumo de alcohol esté prohibido. Respecto a las sanciones, la multa impuesta a los menores de edad por la comisión de la infracción leve relacionada con el consumo de alcohol podrá ser suspendida a cambio de la participación en programas preventivos de sensibilización y concienciación o rehabilitadores, en función de cada caso.

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Se desarrollarán protocolos para detectar el consumo de alcohol en menores y se fomentará la inclusión de registros de consumo en la historia clínica. En los servicios de urgencias, las personas menores de edad atendidas por una intoxicación etílica serán objeto de una evaluación integral, que implicará —si son menores de 16 años— a sus padres, madres o tutores. Una evaluación que podrá mantenerse después del alta, garantizando la continuidad asistencial.

Prevención en casa y en centros educativos

La prevención es un eje prioritario de Ministerio de Sanidad. Se implementarán programas para concienciar a las familias sobre los riesgos del alcohol y dotarlas de herramientas para prevenir su consumo en menores, con especial atención a familias en riesgo de exclusión social o con menores afectados por el consumo de alcohol.

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También se promoverá la inclusión de nuevos contenidos sobre prevención del consumo de alcohol en primaria, secundaria, formación profesional, bachillerato y planes de estudios universitarios y de formación del profesorado. Se fomentará la inclusión en las actividades extraescolares anuales destinadas a concienciar sobre estilos de vida saludables y retrasar el inicio del consumo de alcohol.

Tres de cada cuatro adolescentes han bebido en el último año

Tres de cada cuatro adolescentes de 14 a 18 años han bebido el pasado año y algo más de la mitad el último mes, según la última encuesta Estudes de 2023. Según la Encuesta Estatal sobre Uso de Drogas en Enseñanzas Secundarias en España, el 93% de las y los adolescentes de esa edad consideran fácil o muy fácil conseguir bebidas alcohólicas.

El consumo de alcohol en menores es un problema "muy importante" para el 83,5% de los españoles, según el CIS, y el 84,6% cree que las administraciones públicas deben poner en marcha medidas que eviten este consumo.

 

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