Internacional

El Tribunal de Estrasburgo condena a Francia por considerar en una sentencia que la ausencia de relaciones sexuales es motivo para el divorcio

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera que la ausencia de relaciones sexuales no pueden considerarse una infracción de los deberes conyugales porque viola la libertad sexual de los cónyuges y puede constituir "una forma de violencia sexual"

Imagen de archivo de una de las salas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. / WIKIMEDIA

Imagen de archivo de una de las salas del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Bruselas

Los jueces del Tribunal de Estrasburgo entienden que "el consentimiento del matrimonio no implica consentir relaciones sexuales" y que estas siempre "deben ser consentidas". Da la razón a una mujer que elevó la sentencia de su divorcio al Tribunal Europeo de Derechos Humanos después de que el Supremo francés rechazara el recurso que había presentado contra la sentencia de su divorcio de un Tribunal de Versalles, que consideró que era responsabilidad de ella por negarse a mantener relaciones sexuales con su esposo.

Más información

La demandante, casada desde 1984 y madre de cuatro hijos con su marido, presentó la petición de divorcio en 2015 al considerar que él había dado prioridad a su carrera profesional en detrimento de la vida en familia y era irascible, violento e hiriente. Pero el esposo reclamó que el motivo de divorcio era otro, el rechazo al deber conyugal durante varios años de su esposa.

Para los jueces de Estrasburgo "el consentimiento del matrimonio no implica consentir relaciones sexuales futuras" que "deben ser consentidas" para no constituir "una forma de violencia sexual". En la sentencia, los magistrados señalan el artículo 242 del Código Civil francés que establece que rechazar someterse al deber conyugal puede ser considerado una falta que justifique el divorcio y tenga consecuencias económicas o una indemnización.

Agrega que no existe "ningún motivo que justifique la injerencia de los poderes públicos en el terreno de la sexualidad" y que en su sentencia los tribunales franceses "no han expresado motivos pertinentes ni suficientes" ni han "respetado el justo equilibrio entre los intereses concurrentes".

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00