Multa de 5.000 euros a Alvise Pérez por publicar fotos de la hija de Óscar Puente cuando era menor
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado al eurodiputado y le obliga a borrar las fotografías publicadas en su canal de Telegram

Imagen de Alvise Pérez en el Parlamento Europeo / TERESA SUAREZ (EFE)

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 5.000 euros al eurodiputado Alvise Pérez, líder de Se Acabó la Fiesta, por publicar y difundir en su canal de Telegram imágenes de la hija del ministro Óscar Puente cuando todavía era menor de edad.
Además, en los mensajes que acompañaban a las fotografías, el agitador ultra insinuó que se trataba de una mujer con la que mantenía algún tipo de relación: "Sé qué dices, a quién, dónde y cuándo, Óscar Puente. Como ahora mismo con tu ‘amiga’ en el MadCool".
Más información
Según ha adelantado Facua, Alvise también publicó el 8 de julio de 2023 en el portal de ultraderecha EDATV comentarios como "pillado en el MadCool con una mujer que no es la misma con la que se le ha visto antes" o "estuvieron juntos durante todo el evento y en compañía de una mujer guapa con cabello oscuro". La joven está preparando también varias demandas judiciales contra Pérez y contra Negre y su medio por intromisión ilegítima en su derecho a la propia imagen.
La denuncia fue interpuesta por el propio ministro de Transportes en representación de su hija Carmen, que por entonces tenía 17 años. La AEPD ha concluido que el eurodiputado ultra cometió una infracción del artículo 5.1.c del Reglamento General de Protección de Datos. Particularmente, no respetó la obligación de que los datos personales de la menor sean "adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados", lo que se conoce como principio de "minimización de datos".
Además, el organismo recuerda que tampoco hubiera sido legal publicar las imágenes en caso de tener el consentimiento de la menor: "cuando se trata de la difusión de la imagen de menores en medios de comunicación, el consentimiento del menor maduro o de sus representantes es insuficiente para legitimar la intromisión si se aprecia el riesgo del daño al interés del menor".
El código iframe se ha copiado en el portapapeles