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Prisión permanente para un hombre que secuestró y asesinó a una persona con discapacidad para robarle la pensión en Gran Canaria

Esta es la primera ocasión en la que se impone la pena máxima prevista por el Código Penal español en la provincia de Las Palmas

Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria. Archivo. / Archivo

Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria. Archivo.

Las Palmas de Gran Canaria

La Audiencia de Las Palmas ha condenado a prisión permanente revisable a Jefrey B.S., el hombre que secuestró y asesinó a una persona con discapacidad psíquica en la capital grancanaria el 22 de septiembre de 2021 para robarle la pensión, ha avanzado el Tribunal Superior de Justicia. Esta es la primera ocasión en la que se impone la pena máxima prevista por el Código Penal español en la provincia de Las Palmas, según ha informado en un comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

La sentencia condena también al acusado a seis años por el delito de detención ilegal y a 21 años de cárcel a su pareja, Ylenia R.S., por los delitos de homicidio en comisión por omisión y detención ilegal. La Fiscalía reclamaba para el acusado una condena de 18 años por el homicidio doloso y seis años por el de detención ilegal, si bien el magistrado Secundino Alemán ha entendido que el mínimo legal es suficiente reproche para su comportamiento.

El magistrado ha rebajado, además, a 5.000 euros la indemnización de 100.000 euros reclamada por dos de los hermanos del fallecido, que solicitaban 50.000 euros cada uno, al considerar que más allá de la aflicción emotiva, que no niega cuando se pierde a un hermano, no existía ningún tipo de dependencia económica y que el fallecido era una persona discapacitada y necesitaba de especial protección.

Expone que el fallecido presentaba unas circunstancias de enorme vulnerabilidad que "no eran, ni mucho menos, ignoradas por sus familiares", pero ninguno de ellos se preocupó en instar su incapacitación a fin de que alguna institución velara por sus intereses, y tampoco mantenían con él algún tipo de contacto más o menos estable y continuado, por lo que entiende "desproporcionada" la indemnización reclamada.

Le tuvieron días retenido y torturado

Los dos acusados fueron considerados por el tribunal jurado culpables de asesinar a Antonio O.G., de 60 años, conocido por Nono, quien residía en el barrio de Pedro Hidalgo y fue secuestrado y retenido durante más de una semana en el piso de la pareja, situado en el barrio de Zárate, donde le sometieron a continuos malos tratos con la finalidad de quedarse con el dinero de su pensión, según los hechos probados.

Los dos condenados actuaron de común acuerdo para secuestrar el día 14 o 15 de septiembre a Nono, al que obligaron a subir a su coche y lo llevaron a la vivienda de Zárate, que se encontraba en un estado deplorable, con "gran suciedad, desorden y sin agua corriente", y lo alojaron en una pequeña habitación sin puerta, con un somier y un colchón como único mobiliario.

Además, le ataron los tobillos y las muñecas durante el tiempo que duró su cautiverio y también al somier cuando los acusados se ausentaban del piso para evitar que se marchara, aunque en ocasiones se le liberaba de las ataduras y era obligado por el acusado a limpiar los excrementos del perro que tenía en un patio interior de la vivienda.

Pese a la situación de sometimiento en que se encontraba, a la enfermedad que padecía y al terror que le producía el acusado, nunca se enfrentó a él ni opuso resistencia, si bien el procesado le daba con frecuencia fuertes golpes en la cara y en el cuerpo, a veces en presencia de su pareja y, en todo caso, con su consentimiento. El jurado determinó que la acusada consintió la situación y no hizo nada para evitarla, pese a las súplicas de la víctima, quien le decía "ayúdame" y "dile que no me pegue".

Le dejaron agonizando sin atenderle

Según los hechos probados, el 22 de septiembre a una hora no determinada, cuando Nono se encontraba sentado en la cama, el acusado, en presencia de su pareja, aprovechó que estaba atado, cogió con una o ambas manos su cabeza y la impulsó "con una fuerza brutal" contra la pared y, posteriormente, le propinó patadas en la cara y el resto de cuerpo.

El procesado, después, arrastró el cuerpo de la víctima hasta otra habitación, y todo ello sin que la acusada hiciera nada. Los dos imputados, pese a la gravedad de las lesiones que presentaba la víctima, tomaron la decisión de dejarlo tirado en el suelo, semidesnudo y agonizando, hasta que falleció, lo que constataron en las primeras horas de la mañana del día 23 de septiembre.

El acusado barajó la posibilidad arrojar el cadáver al mar, pero, finalmente, ambos decidieron llamar al 112, a propuesta de su pareja, y sobre las 22:51 horas de esa noche avisaron al servicio de emergencias y dijeron que se lo habían encontrado muerto esa tarde al volver a casa y que desconocían el motivo de su fallecimiento.

Además, los dos acusados, durante el cautiverio, en concreto, el 16 de septiembre, lo llevaron a casa de un taxista conocido de la víctima para recuperar su cartilla y poder sacar el dinero que iba a cobrar el 25 de ese mes, ya que se la guardaba para evitar que le robaran.

El condenado era reincidente

El abogado de Jefrey B.S. había alegado que su cliente tenía parcialmente afectada su capacidad de entender por el consumo habitual de drogas y por padecer alguna enfermedad mental, si bien el jurado no consideró probado este extremo.

Según relató el propio acusado en el juicio, había pasado más tiempo de su vida en la cárcel que en libertad, 23 de sus 42 años.

La acusada, el 4 de abril pasado, consignó en la Audiencia de Las Palmas la cantidad de 2.000 euros por la indemnización interesada por dos de los hermanos del fallecido, un hecho que el magistrado tampoco ha apreciado que sirva para reparar el daño y atenuar su condena.

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