Tribunales

El Supremo condena al dueño de un bar por no impedir los abusos sexuales a una joven que estaba semiinconsciente por el alcohol

El alto tribunal le atribuye un delito de omisión del deber de impedir delitos porque "con su pasividad, permitió actuar libremente al abusador"

Fachada del Tribunal Supremo en la Plaza Villa de París en Madrid

Madrid

La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha condenado al pago de una multa de 7.000 euros al propietario de un after en Gijón que no impidió los abusos sexuales que perpetró un cliente sobre una chica de 29 años que estaba semiinconsciente por el consumo de bebidas alcohólicas. Le subió el vestido, le manoseó, le llevó a los baños donde se masturbó e intentó que ella le hiciera una felación, aunque ella consiguió evitarlo "pese a sus mermadas fuerzas".

Dice la sentencia que el acusado "en todo momento permaneció en el local mientras sucedían estos hechos, los cuales presenció, si no todos en gran parte, y pese a ser conocedor de la vulnerabilidad de la joven –no en vano la levantó varias veces del suelo- no impidió el ataque contra la libertad sexual del que fue objeto, cuando bien pudo evitarlo sin riesgo propio ni ajeno, permitiendo, con su pasividad, actuar libremente al abusador”.

El alto tribunal subraya que en las grabaciones “con total claridad se observa que el acusado presenció los abusos sexuales, ocurriendo muchos de ellos en su presencia, incluso en la barra del bar donde, mientras el acusado les sirve copas, empieza el manoseo y el levantamiento del vestido a la víctima, los toqueteos o el hecho de meterle las manos entre las piernas, en varias ocasiones. Incluso les sigue a los baños, donde el rebelde se baja el pantalón y se masturba intentando besar a la chica y meterle su miembro viril en la boca, lo que no consigue por la resistencia de la víctima”.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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