Tribunales

El Supremo amplía la deducción por maternidad a los gastos de guardería

El alto tribunal da la razón a una madre trabajadora y obliga a la Agencia Tributaria a cambiar el criterio que seguía hasta ahora y que excluía a las guarderías al considerar que no contaban con la autorización de la administración educativa

Un niño juega en una guardería. / Daria Nipot

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha acordado extender la deducción por maternidad en el impuesto de la renta a los gastos por la custodia en guardería. La deducción por maternidad está establecida en 1.200 euros anuales, pero la propia ley prevé una ampliación de mil euros más. La sala da la razón a una madre trabajadora que reclamaba esta deducción.

El criterio que seguía el fisco hasta ahora era el de exigir a las guarderías para que esos gastos se pudieran deducir dos condiciones. La primera era que el centro contara con los permisos de funcionamiento y la segunda, menos habitual, que la guardería contara con la autorización para funcionar como centro educativo. El alto tribunal considera que aplicar este criterio supone establecer un requisito que no contempla la ley para restringir las opciones de las madres trabajadoras para que puedan disfrutar de esta deducción.

Una guardería improvisada en la estación de trenes de Leópolis

Dice la sentencia que "la ley en modo alguno condiciona los requisitos del centro en que las madres trabajadoras decidan contratar los servicios de custodia" y advierte a las guarderías de que "deberán estar debidamente autorizadas, al igual que los centros de educación infantil, para la apertura y funcionamiento de la actividad de custodia de menores, incluida la asistencia, cuidado y alimentación".

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00