Tribunales

El Supremo ha establecido que Europa "determina" la suspensión del procedimiento ante una cuestión prejudicial

El alto tribunal ha asegurado la paralización de los procesos judiciales si un juez eleva una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, tal y como hizo al concluir el juicio del Procés cuando Junqueras solicitó un permiso para recoger su acta de eurodiputado

-FOTODELDÍA- GRAFCAT8078. BARCELONA (ESPAÑA), 08/01/2024.-El vicepresidente y portavoz de JxCat, Josep Rius, ha exigido este lunes al Gobierno de Pedro Sánchez que retire sus tres primeros decretos ley y los pacte con Junts, antes de volver a presentar una serie de decretos "individualizados" para cada uno de los temas que abordan.EFE/Quique García / Quique García EFE

MADRID

El Gobierno pone a prueba este miércoles en el Congreso sus apoyos parlamentarios con la votación de tres decretos. El que prorroga las medidas anticrisis, otro que propone medidas de conciliación del Ministerio de Trabajo y, por último, el decreto ómnibus en materia de Justicia que está vinculado a la recepción de fondos europeos. Esta última norma cuenta con el rechazo frontal de Junts que quiere que no recoja por escrito que las cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea suspenden el proceso judicial afectado. Los independentistas consideran que pone en peligro la aplicación de la Ley de Amnistía cuando sea aprobada en Las Cortes.

Sin embargo, hasta la fecha, el Tribunal Supremo ha suspendido los procedimientos judiciales cuando se han elevado cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Hay muchos casos, pero el más claro es el de la sala de lo civil del alto tribunal que en 2016 dictó un auto en el que guardó en el cajón un recurso de Unicaja en un caso de cláusulas suelo. Los magistrados recordaron a la entidad bancaria que un juez de Granada había consultado a Europa sobre una cuestión similar que afectaba a otra caja de ahorros y que hasta que el TJUE no se pronunciara, había que esperar en ese caso y en cualquiera que pudiera verse afectado por esa decisión. Dijo la sala que "una interpretación conjunta del artículo 23 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que determina la suspensión del proceso en el que la cuestión prejudicial ha sido planteada, y el artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, procede la suspensión hasta la resolución de la cuestión prejudicial". Es lo que el Ministro de Justicia, Félix Bolaños, llamó el pasado 28 de diciembre "jurisprudencia pacífica" del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo.

El precedente de Junqueras

Una jurisprudencia pacífica que los líderes independentistas usaron en la recta final del juicio del Procés. Oriol Junqueras, que se encontraba en prisión provisional, resultó elegido europarlamentario en las elecciones de mayo de 2019, pero el alto tribunal le negó la posibilidad de obtener un permiso extraordinario para que pudiera cumplir con los trámites y conseguir el acta. Junqueras recurrió  esta decisión y reclamó al alto tribunal que elevara una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La sala lo hizo en julio de 2019, unos días después de concluir el juicio, y suspendió la resolución del recurso del lider de ERC reclamando el permiso hasta que se pronunciara la Justicia Europea que, finalmente, no le dio la razón. Sin embargo, Junqueras pidió, además, "que se deje en suspenso la resolución del juicio del Procés" hasta conocer el fallo europeo. Una petición a la que se sumaron otros de los encausados y que el Tribunal Supremo rechazó.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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