Economía y negocios

Los microcréditos, en el punto de mira del Defensor del Pueblo

Las quejas emitidas por los ciudadanos han llevado al organismo a preguntar al Ministerio de Economía y al Banco de España el grado de protección que existe para los consumidores en relación a los conocidos como préstamos rápidos

SOPA Images

Madrid

El Defensor del Pueblo ha iniciado una actuación de oficio para conocer el grado de protección que existe para los consumidores en relación a los conocidos como microcréditos o préstamos rápidos. En este caso, las administraciones competentes son el Banco de España y el Ministerio de Economía y sobre su mesa ya tienen la cuestión.

Esta actuación, explica el organismo, se produce tras haber recibido quejas de ciudadanos por los elevados intereses y por los plazos breves para la devolución de las cantidades concedidas. Se trata de productos financieros que son comercializados por empresas que, en muchos casos, no tienen consideración de entidades de crédito.

Falta de asesoramiento y escasa supervisión

Los microcréditos suelen dirigirse a consumidores que atraviesan situaciones económicas difíciles, incluso desesperadas, y que optan por relegar su derecho a la información y al asesoramiento financiero. A ello se suma que estos préstamos, cuyas cantidades suelen situarse entre los 1.000 y los 10.000 euros, se conceden casi de manera automática, incluso vía online o telefónica, sin un análisis de riesgos o de solvencia, lo que conduce a muchas personas a una situación de sobreendeudamiento.

Existen sentencias judiciales que han fallado a favor de los consumidores, pero "no parece que exista una normativa específica que discipline su actuación", lamenta el Defensor del Pueblo, más allá de las normas de protección de consumidores y usuarios, o las previstas en el Código Civil y en el Código de Comercio.

Por ello, la institución ha preguntado al Banco de España, supervisor del sistema bancario, y a la Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa si, "en función de las competencias que les otorga la Ley 10/2014 de 26 de junio, están llevando a cabo algún tipo de actuación sobre las entidades que conceden estos productos", y si se ha emitido alguna directriz aplicable a los microcréditos.

Asimismo, el Defensor del Pueblo quiere conocer si está previsto que la futura Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero, incluya entre sus competencias la protección de los clientes en las reclamaciones derivadas de la contratación de estos productos.

 
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